En la ciudad salteña de Orán, ocurrió un hecho sin precedentes en el país: Luis González, de 76 años, adoptó legalmente a Pedro Ruiz, de 61, marcando el primer caso de adopción entre adultos mayores en Argentina. Esta situación fue posible gracias a una modificación en el Código Civil de 2015, que permite inscribir como propio al hijo del cónyuge o pareja, independientemente de la edad.

La historia comenzó cuando Ana López, de 82 años, y Luis, su esposo desde hace más de 50 años, decidieron que él adoptara formalmente al hijo de ella, Pedro, quien ya es abuelo y nunca tuvo una relación cercana con su padre biológico, fallecido en 1974. Desde los dos años, Pedro fue criado por Luis, quien siempre fue su figura paterna, aunque el apellido legal nunca coincidió con la identidad emocional y familiar que compartían.

Durante décadas, intentaron formalizar la adopción, pero las normativas del antiguo Código Civil lo impedían. Sin embargo, tras la reforma de 2015, que introdujo la posibilidad de adopciones por integración, se abrió la puerta para que Luis pudiera adoptar a Pedro, aunque ambos fueran adultos mayores.

Un fallo inédito en la Justicia salteña

La jueza Ana María Carriquiry, del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia 2 de Orán, fue la encargada de autorizar esta adopción. A pesar de la rareza del caso, la jueza argumentó que la adopción respetaba los derechos fundamentales de los involucrados, especialmente el derecho a la identidad y autodeterminación de las personas mayores.

"Al principio, costaba armar la adopción porque todos los involucrados son de la tercera edad, lo que lo hace un caso totalmente atípico", explicó la jueza a La Nación, y añadió que el vínculo entre Luis y Pedro siempre había existido, desde la infancia de este último. Según el Código Civil y Comercial vigente, las adopciones de adultos son posibles cuando se puede demostrar que la relación de padre e hijo se forjó en la niñez.

Más allá de lo legal: una historia de amor familiar

Antes de dar el fallo definitivo, la jueza quiso asegurarse de que no hubiera ningún interés económico detrás del pedido, solicitando peritajes y estudios socioeconómicos. Sin embargo, todos los resultados demostraron que el único motivo detrás de la adopción era el deseo de consolidar legalmente lo que siempre había sido una relación de padre e hijo.

"No quiero cerrar los ojos sin que él sea legalmente mi hijo, porque en el corazón lo ha sido siempre", expresó Luis en una de las audiencias, emocionando a todos los presentes. Este testimonio, junto con el hecho de que Pedro siempre usó el apellido González en su vida cotidiana, fue determinante para la decisión final.

Un nuevo capítulo legal y familiar

Con la adopción plena concedida, Pedro ahora tramitará su nuevo DNI, y sus hijos y nieto también tendrán que hacer lo mismo para actualizar sus apellidos. La familia celebra que, finalmente, la identidad legal coincida con la realidad que siempre vivieron. "Cambio es cambio", fue la respuesta de sus hijos cuando Pedro les consultó sobre el impacto que este proceso tendría en ellos.

Este caso marca un precedente en el país, demostrando que el concepto de familia trasciende modelos tradicionales. "No existe un único modelo de familia, es una construcción cultural y debemos resguardar el derecho a la identidad", concluyó la jueza Carriquiry en su fallo, resaltando la pluralidad y diversidad de las formas familiares en la actualidad.