La AFIP ha oficializado el Régimen de Promoción del Empleo Registrado, conocido como blanqueo laboral, mediante la resolución general N° 5577 publicada en el Boletín Oficial. Este régimen, que comenzará a regir el 30 de septiembre de 2024, busca regularizar relaciones laborales no declaradas o mal registradas. Los empleadores que se adhieran antes del 24 de diciembre podrán acceder a beneficios como la condonación parcial de deuda por falta de aportes y contribuciones a los sistemas de seguridad social, siempre que los trabajadores hayan sido contratados antes del 5 de julio de 2024.

El régimen ofrece diferentes porcentajes de condonación de deuda según el tamaño de la empresa: las micro y pequeñas empresas pueden recibir una condonación del 90%, las medianas del 80%, y las grandes del 70%. Estas condonaciones aplican a las deudas con subsistemas de seguridad social como el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), las obras sociales y el Fondo Nacional de Empleo. Además, los empleadores podrán regularizar su situación fiscal y laboral, evitando multas y sanciones adicionales.

Uno de los aspectos más atractivos del régimen es la condonación total de deudas vinculadas a los aportes al Sistema Nacional de Seguro de Salud y las contribuciones de la Ley de Riesgos del Trabajo. Además, los empleadores que se acojan al régimen podrán ser eliminados del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), lo que les permitirá restablecer su reputación y acceder a beneficios comerciales y financieros.

Para acceder al régimen, los empleadores deberán utilizar el sistema Simplificación Registral de la AFIP, donde podrán dar de alta a empleados no registrados o corregir datos erróneos. También deberán presentar las declaraciones juradas correspondientes a julio de 2024 o anteriores. El pago de la deuda no condonada podrá realizarse al contado con un descuento adicional del 50% o mediante un plan de pagos en cuotas con tasas de interés diferenciadas según el tipo de empleador.

Los trabajadores regularizados a través de este régimen tendrán derecho a computar hasta 60 meses de servicios con aportes, lo que les permitirá acceder a beneficios como la Prestación Básica Universal, retiro por invalidez, pensión por fallecimiento y Prestación por Desempleo. El monto a considerar para estos beneficios será equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil, salvo en casos de diferencias salariales registradas, donde se tomará la mayor remuneración.

Este nuevo régimen ofrece tanto a empleadores como a trabajadores la posibilidad de regularizar situaciones laborales no declaradas, aliviando la carga financiera de las empresas y garantizando derechos laborales a los empleados, promoviendo así una mayor formalización en el mercado laboral argentino.