El Ministerio de Desregulación presentó un proyecto en el Congreso de la Nación que busca promover ciertas modificaciones en los trámites de divorcio lo que conllevaría a que sean más rápidos y sin pasar por la Justicia.
La misa de hoy: siempre el amor por matrimonio y la familiaEn lo que se refiere al proyecto que modifica la ley de Divorcio, la norma establece en su artículo 1 que se “sustituye el artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación”. Con esto, se agrega una causa más de disolución del matrimonio.
El texto que aún tiene vigencia de ley señala que las causas de disolución del matrimonio, son: a) Muerte de uno de los cónyuges, b) Sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento, c) Divorcio declarado judicialmente.
En el proyecto de ley que envió el ministro Federico Sturzenegger al Congreso, agrega a esa lista el “divorcio en sede administrativa, equiparado en cuanto a sus efectos con el declarado en sede judicial”.
También modifica el art. 437 del Código Civil y Comercial que dispone que el divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges. En la nueva versión se le agrega a este punto que “en sede administrativa, exclusivamente a petición conjunta de ambos cónyuges, ante el oficial público encargado del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas correspondiente al último domicilio conyugal”.
Divorcio express: los puntos para entender el proyecto
En lugar de recurrir a los tribunales, el proyecto propone un mecanismo más ágil y económico, permitiendo a los cónyuges optar por un “divorcio simplificado”. Esta vía administrativa les permitirá poner fin a su matrimonio de manera más rápida y accesible, sin la necesidad de acudir a un juez. El procedimiento sería gestionado por el oficial público del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, replicando el mecanismo de mutuo acuerdo que dio origen al matrimonio.
El Ministerio de Justicia mencionó que varios países ya aplican este tipo de mecanismos. Ejemplos de ello son Brasil, Portugal, Colombia, México, Ecuador, Bolivia, Noruega, Italia, Rumania, Estonia, Letonia y Japón, donde se permite el divorcio administrativo o notarial, dependiendo del caso.
El texto del proyecto también aborda algunas críticas históricas al divorcio, como la idea de que facilitar su acceso destruiría la familia y la sociedad. El Gobierno argumenta que, aunque tras la sanción de la Ley 26.994 se registró un aumento temporal en los divorcios, esto se debió a que muchas separaciones previas se formalizaron bajo el nuevo régimen. Lejos de destruir a la familia, el divorcio ofrece una solución a situaciones insostenibles, reduciendo el conflicto y los efectos negativos que una convivencia forzada podría tener en los hijos.
Finalmente, se señala que, según estudios realizados a lo largo de los años, los efectos perjudiciales en los hijos no son causados por el divorcio en sí, sino por el deterioro de las relaciones dentro de un matrimonio disfuncional, independientemente de que se formalice la separación o no. El proyecto subraya que facilitar el divorcio puede, en muchos casos, ser un alivio tanto para los adultos como para los menores involucrados.