El Ministerio Público Fiscal formuló cargos en contra del policía retirado, Juan de la Cruz Jiménez (76 años) por haber arrollado a los ciclistas Gonzalo Ezequiel Prokop (33) y Juan Eduardo López (44) en la ruta 9 y provocar el fallecimiento de Prokop y lesionar a López. El imputado deberá cumplir medidas de menor intensidad durante los siguientes seis meses.

El siniestro vial ocurrió el 10 de septiembre de 2025, alrededor de las 17.00, cerca de El Cadillal. De acuerdo a la investigación realizada por la Fiscalía de Homicidios I, al mando de Pedro Gallo, las víctimas circulaban por la ruta 9 por el carril este con sentido de circulación de sur a norte. Al llegar al kilómetro 1.300 antes de la entrada a Villa Mariano Moreno, Las Talitas, el acusado -quien conducía un automóvil marca y modelo Ford Fiesta a una velocidad de al menos 65,59 km por hora, por el mismo carril y sentido de circulación-, “a raíz de su falta de atención y dominio del mismo impactó a ambas bicicletas, falleciendo el masculino de 33 años por traumatismo encéfalo craneano grave mientras que el hombre de 44 años sufrió lesiones en rodilla y en hombro derecho”.

Homicidio culposo

Durante una audiencia realizada ayer, la auxiliar de fiscal, Carolina Brito, imputó a Jiménez como autor del delito de homicidio culposo por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor en concurso ideal con lesiones culposas. Dentro de las evidencias recolectadas, la representante del MPF se refirió al informe accidentológico que en su conclusión establece que “la causa por la cual se produce el presente evento es la falta de atención y dominio por parte del conductor del vehículo marca Ford y que las normas violadas consisten en la Ley de Tránsito 24.449 correspondiente a los artículos 39 (en relación a las condiciones para conducir) y 50 (sobre la velocidad precautoria)”.

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Finalmente, solicitó que fuera sometido a medidas de menor intensidad por seis meses, entre ellas la restricción de acercamiento a la víctima a una distancia no menor a 300 metros, fijar domicilio y la prohibición de salir sin autorización previa del ámbito territorial. El pedido fue aceptado por el juez interviniente.