La Cámara Federal de Casación Penal anuló el procesamiento del ex presidente Alberto Fernández en la causa que investiga la contratación de seguros del Estado en beneficio de empresarios cercanos.

La decisión fue adoptada por mayoría de los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo, con la disidencia de Gustavo Hornos. Así, la Sala IV hizo lugar al recurso de la defensa y dejó sin efecto la resolución que había confirmado el procesamiento, ordenando a la Cámara Federal dictar un nuevo fallo.

Fernández había sido procesado por negociaciones incompatibles con la función pública, con un embargo de $14.634.220.283,68 y la prohibición de salida del país, en un expediente de alto impacto público.

La causa analiza presuntas irregularidades en la contratación de seguros por parte de organismos estatales tras el Decreto 823/2021, que centralizó esas operaciones en Nación Seguros S.A. Según la investigación, el esquema habría permitido la intervención de intermediarios y coaseguradoras privadas con comisiones superiores a las de mercado y posible perjuicio económico para el Estado.

El argumento de la mayoría

Borinsky y Carbajo fundamentaron la anulación en la falta de impulso de la fiscalía. El fiscal ante la Cámara Federal, José Agüero Iturbe, había considerado que no había elementos para procesar al expresidente y pidió dictar la falta de mérito.

Aunque el fiscal ante Casación, Raúl Pleé, sostuvo lo contrario y solicitó confirmar el procesamiento, los jueces entendieron que no correspondía avanzar porque la causa carecía de una “base acusatoria suficiente”.

Borinsky remarcó que no existía controversia entre la defensa y la fiscalía en la instancia previa, ya que ambas coincidían en revocar el procesamiento. En ese contexto, consideró que la Cámara Federal confirmó el procesamiento “en exceso” de lo planteado por la acusación, vulnerando el debido proceso y el principio de imparcialidad.

En términos jurídicos, sostuvo que se afectó el principio acusatorio, sintetizado en la idea de que “no hay juez sin acusador”. También señaló que la intervención posterior de Pleé no subsanó esa falencia, al no aportar fundamentos concretos ajustados al caso.

Carbajo adhirió a ese criterio y propuso anular el procesamiento y devolver el expediente para un nuevo pronunciamiento.

La disidencia

Hornos votó en contra. Consideró que el recurso debía ser declarado inadmisible porque el fallo que confirmaba el procesamiento no es una sentencia definitiva ni equiparable, por lo que no correspondía la intervención de Casación.

Además, sostuvo que la defensa no acreditó un perjuicio de imposible reparación posterior y entendió que la postura de Pleé alcanzaba para sostener la acusación.

Para el magistrado, el procesamiento estaba “suficientemente fundado en derecho y en las constancias de la causa”. Describió un presunto “esquema de direccionamiento irregular” en la contratación de seguros estatales, a partir del Decreto 823/2021, que habría permitido la incorporación indebida de intermediarios y coaseguradoras privadas.

Según detalló, esto habría derivado en comisiones superiores a las de mercado, servicios innecesarios o sobrefacturados y un eventual perjuicio económico para el Estado.