Gustavo Pereyra, defensor oficial en lo Penal de la I Nominación de Concepción, percibió este mes un sueldo bruto de $ 72.262,41 (el neto es de $ 58.463,16). Este emolumento no sufrió descuentos, según Antonio Gandur, presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT)
Gandur rechazó la acusación de Pereyra, que concurrió a la oficina de Hugo Cabral, defensor del Pueblo, para denunciar al alto tribunal por discriminación. El defensor aseguró que la Corte procedió a dejarlo sin la percepción de sus haberes pese a sufrir una afección grave; disponer de un dictamen de la Comisión Médica Nacional que declaró una incapacidad laboral del 71,19% y estar habilitado para acceder al beneficio del retiro por invalidez. Pereyra adujo que, debido a su estado de salud delicado, el año pasado presentó su renuncia condicionada al otorgamiento de la jubilación con el 82% móvil. Previamente, la CSJT había pedido su destitución por mal desempeño e incumplimiento de sus deberes.
Los documentos facilitados por Gandur muestran que los haberes de Pereyra sufrieron quitas entre noviembre y febrero como consecuencia de licencias sin goce de sueldo. La retribución neta de noviembre, diciembre y enero fue de $ 11.220,96 porque, según la Corte, el defensor faltó 20 días injustificadamente en cada uno de esos tres meses. La remuneración neta de febrero llegó a los $ 14.649,55 -la liquidación exhibe 18 días descontados-. El salario de marzo, en cambio, no presenta licencias sin goces de sueldo y, por ende, descuentos por ese concepto.
Faltas múltiples
El Poder Judicial y Pereyra mantienen una confrontación de larga data. Este conflicto derivó en la formación de un sumario administrativo cuya instrucción quedó a cargo de Alejandro Noguera, fiscal de la Cámara de Apelaciones en lo Penal. Esa pesquisa constató irregularidades en el desempeño de Pereyra, según la Acordada 539/13 firmada por los vocales Gandur, Antonio Estofán (entonces presidente de la Corte) y Claudia Sbdar, y Luis De Mitri, titular del Ministerio Público Fiscal y Pupilar.
Noguera detectó suspensiones de audiencias de debate oral y público debido a que el defensor decidió tomar licencia el mismo día del juicio, hecho que dejó a una imputada en estado de indefensión. En la Acordada 539/13, la Corte destacó la declaración de Elena Grellet de Barrionuevo, magistrada delegada del Centro Judicial de Concepción que dijo que hasta el 21 de octubre de 2011 Pereyra se había ausentado de su despacho 85 días alegando problemas de salud propios o de su esposa. “A esto se agregan las notas que el defensor redactó generalmente los días lunes y viernes o vísperas de feriados para avisar que no concurrirá a su despacho porque debe visitar unidades de encausados -sin embargo, sus pupilos se quejan por escrito de la falta de concurrencia de Pereyra-; participar de toma de muestras de ADN; concurrir a la Cámara de Apelaciones en lo Penal, etcétera”, expresó Grellet de Barrionuevo, según la Acordada 539 de junio de 2013.
La magistrada añadió que el defensor se ausentó 91 días en 2007 (13 días por enfermedad de un familiar y 78 días por enfermedad propia) sin contar las jornadas que no concurrió a su despacho por visitas a la cárcel, y las otras diligencias. “En 2008 faltó 98 días; en 2009, 71 días, y en 2010 no concurrió 95 días”, precisó la jueza.
Gandur, Estofán, Sbdar y De Mitri concluyeron que las conductas descritas resultaban irreconciliables con la confianza y consideración que el estado de funcionario constitucional le exige al sumariado, y que afectaban directa e intensamente el orden y decoro de la función judicial.