Hay dos días que marcaron sendos giros en la vida de Teresa. El primero fue el 25 de diciembre de 2010, cuando hirió mortalmente a su pareja con un cuchillo al defenderse de la golpiza que le estaba dando. El otro fue el martes, cuando volvió a abrazar a sus hijos luego de que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán la absolviera al entender que actuó en legítima defensa, al ser víctima de violencia de género.
El fallo del máximo tribunal de la provincia tiene dos ejes centrales. Por un lado, enmarca el homicidio de Cristian (su nombre completo se preserva al haber menores de edad involucrados en el caso) dentro de la violencia de género. Pero además, dispone que la mujer deberá ser asistida por profesionales para “restituir la salud mental afectada por los padecimientos sufridos”.
Relación violenta
Durante el juicio oral que se había realizado el año pasado, se ventiló la tormentosa relación que mantuvieron Teresa y Cristian. “Lo único malo que tenía es que cuando se machaba me pegaba, o a veces me pegaba cuando se encontraba sano porque era una persona violenta”, describió la mujer cuando declaró. “Una vez me partió la cabeza con un palo y el padre de él me vio la cabeza ensangrentada”, añadió.
La pareja vivía en una localidad del sur de la provincia. La mujer no era la única víctima de los golpes. Emanuel (que en 2010 tenía 11 años y que no era hijo de Cristian) también sufría maltratos físicos y verbales. “A mí no me quería”, dijo el jovencito. Teresa tenía además dos hijos, que en la fecha del crimen tenían dos años (una mujer) y 10 meses (un varón).
Luego del brindis de Nochebuena del 2010, Cristian y su esposa comenzaron a discutir. Ella le pidió que se retirara, y el padre de Teresa se lo llevó a su casa. Pese a las sugerencias de sus suegros de que se quedara con ellos esa noche, a las 5.30 el hombre volvió a su vivienda.
Rompió la puerta a patadas, entró al dormitorio, y luego de gritarle a su esposa le comenzó a pegar. Emanuel se levantó y vio cómo su madre recibía piñas y patadas y cómo era arrastrada de los pelos por la habitación. El niño fue a la cocina y tomó un cuchillo, pero cuando Teresa lo vio se lo quitó. Ambos salieron corriendo de la casa.
En la vereda, su esposo la alcanzó (según se describe en el fallo de la Corte), y Teresa le clavó el cuchillo en el pecho. El hombre murió esa noche en el hospital de Concepción. Ella alegó que sólo había intentado empujarlo.
El 8 de octubre de 2013, los camaristas José Alfredo Garzia, Elena Grellet de Barrionuevo y María Raquel Asís, condenaron a Teresa a 12 años de prisión al considerar que no había habido legítima defensa. Los jueces argumentaron que la pésima relación de convivencia servía como un atenuante para no aplicar la pena de prisión perpetua que establece el Código Penal para los homicidios entre esposos.
El fallo de la Corte
La defensora Oficial del Centro Judicial Concepción Carolina Ballesteros, presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema, ya que consideró que los jueces no habían tenido una visión de género en el fallo condenatorio y que la defensa ejercida por Teresa había sido necesaria, ante el ataque de su esposo.
El presidente de la Corte Suprema, Antonio Gandur, redactó los fundamentos del fallo en el que absolvieron a Teresa. Los vocales Antonio Estofán y Daniel Posse se adhirieron a su posición. “La imputada ha sido víctima de violencia de género y doméstica, lo cual justifica su reacción frente a la agresión ilegítima por quien luego resultara víctima del hecho”, fundamentó Gandur.
El martes, cuando se hizo efectiva su libertad, la defensora Oficial la pasó a buscar de la cárcel para llevarla a su casa. Allí Teresa se abrazó con sus tres hijos, con quienes quiere volver a construir una vida sin violencia.