“El financiamiento político sin control implica riesgo de lavado de activos provenientes del narcotráfico y otros delitos graves”, advierte en una charla con LA GACETA Daniel Bejas, el juez federal con competencia electoral, al analizar los mecanismos de control para una mayor tramnsparencia del proceso electoral en marcha. “Es así -prosigue- como se han actualizado los mecanismos de control y transparencia en los procesos electorales, mediante análisis por parte de auditores a los informes de cuentas de las campañas electorales y estados contables que presentan los partidos”.
Además, habló de las PASO de mañana, del clientelismo electoral y de los bolsones. El diálogo fue como sigue:
- A la luz de la experiencia en relación a las PASO, ¿considera que estas han logrado su objetivo? ¿Es una instancia favorable?
- Mediante las PASO se procuró una selección transparente de las candidaturas y por vía indirecta, que las agrupaciones políticas eviten proclamar una lista única. Además, el ciudadano no afiliado a un partido político podía participar sin la imposición de un preconcepto. Sin embargo, se ha observado que el espíritu originario de esta ley ha sido desvirtuado, ya que continúa la determinación de candidaturas sin un proceso de selección previo. Por ello, es posible que a futuro se produzcan cambios legislativos, conforme lo sugiere la Cámara Electoral Nacional, que adecuen las PASO a fin de preservar la generosa idea originaria por la que fueron creadas.
- ¿Cómo se ha organizado la Justicia Electoral Nacional para el día de los comicios?
- Se habilitarán 3.474 mesas, con un promedio de 320 votantes en cada una. Cada mesa contará con un presidente y con un vocal, designados por la Justicia Electoral, de los cuales el 75% ha asistido a los cursos de capacitación que venimos brindando desde hace más de un mes en todos los municipios, comunas y localidades de la provincia. A su vez contamos con un delegado por cada escuela, que no sólo colabora en la organización administrativa de los comicios, sino que nos brinda información interna que a posteriori evaluamos acerca del modo en que se ha llevado el mismo y los inconvenientes detectados.
- ¿La entrega de bolsones es un delito? ¿Qué recomendaciones se han previsto?
- La idea fuerza es que mediante las elecciones el pueblo pone en ejercicio su soberanía a afectos de constituir a las autoridades de la Nación. Esto es parte de la esencia de la democracia. Por ello, las prácticas clientelares, entre las que se encuentra la denominada “compra de votos” conspiran precisamente contra la expresión de libre voluntad que constituye un presupuesto indispensable del ejercicio del sufragio. En este sentido el Código electoral Nacional penaliza las conductas dirigidas a afectar la voluntad del votante. Así, entre otros, el artículo 139 reprime el acto de afectar la sinceridad del voto al establecer que “se penará con prisión de uno a tres años a quien compeliere a un elector a votar de manera determinada”. En igual sentido el artículo 140 impone pena de prisión a quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo”.
- ¿Cómo son los pasos ante alguna irregularidad?
- En cuanto a las recomendaciones, se ha instruido al Comandante Electoral para que comunique a la Justicia cualquier irregularidad detectada, para la investigación del ilícito por parte del Ministerio Público Fiscal. A la vez se lo faculta a arbitrar los medios tendientes a que la irregularidad cese de modo inmediato. La sociedad desconoce y es bueno aclarar que en anteriores elecciones a partir de denuncias y preservando el derecho de la inviolabilidad de la propiedad privada, se han colocado numerosas consignas por parte de las fuerzas de seguridad que impidieron el ingreso y/o retiro de mercadería.
- ¿Qué otras irregularidades o delitos controla la justicia Electoral? ¿Se han articulado algunos mecanismos de control?
- A principios de mes en Buenos Aires, fuimos parte de las exposiciones y análisis con jueces, fiscales, Procuradoría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Proselac) y la Cámara Nacional Electoral, en el tema de la transparencia electoral, el financiamiento de los partidos políticos y la prevención y sanción de los ilícitos y el lavado de activos. No desconocemos que existe el riesgo por parte de la delincuencia organizada del financiamiento ilegal de los partidos en el intento de captura del Estado mediante la corrupción público-privada, a través de la cual se pretende influir en los procesos de formulación de leyes, regulaciones, contratos, concesiones y políticas públicas, con el interés de obtener un beneficio económico individual o corporativo. Por ello el financiamiento político sin control implica riesgo de lavado de activos provenientes del narcotráfico y otros delitos graves.
- ¿Y qué medidas se han tomado para contrarrestar ese avance?
- Es así como se han actualizado los mecanismos de control y transparencia en los procesos electorales, mediante análisis por parte de Auditores a los informes de cuentas de las campañas electorales y estados contables que presentan los partidos. Además monitoreamos las publicidades declaradas y las comparamos con las reales. Se sigue de cerca la actividad de las agencias de publicidad y su responsabilidad en los contratos de publicidad y documentación contable. Se analiza la cantidad y costo de publicidad realmente empleada en los medios de comunicación escrita y oral y la cotejamos con la denunciada por los partidos políticos y estos medios de comunicación. Inclusive se prevé analizar los medios de prensa que sin declarar en su editorial la adhesión a un sector, utilizan aviesamente el medio como un modo de publicidad encubierta.
- ¿Cuáles son las medidas de control?
- Para el control se utiliza además el intercambio de información con distintos organismos como AFIP, Anses, Inspección General de Justicia, Unidad de Información Financiera, etcétera. A su vez por Resolución de la Cámara Nacional Electoral, los Jueces al detectar la posible comisión de un ilícito, deben poner el mismo en conocimiento del Ministerio Público Fiscal para que éste dirija la investigación penal. Finalmente, por Acordada 84/2014, la Cámara solicitó a los Tribunales Nacionales y Superiores de Provincia informar a la misma sobre la existencia de cualquier proceso judicial en que sea parte un partido político, sus apoderados, autoridades o candidatos participantes en la última elección, para lo cual se remitió un listado de los mismos.
- ¿Cómo son las tareas al momento del escrutinio?
- Existen dos escrutinios. Un provisorio que se hace a partir del cierre de las elección, esto es después de las 18 en las mesas de votaciones. Este escrutinio lo hace el Presidente de Mesa y vocal designado por la Justicia Electoral, en presencia de los fiscales de cada partido. Los resultados de cada mesa son informados al Juzgado mediante telegramas y el envío de las actas. El escrutinio definitivo, transcurridas 48 horas de la elección, lo llevan a cabo funcionarios de la Secretaría Electoral en presencia de los fiscales designados por los partidos políticos, con derecho a asistir a todas las operaciones y examinar la documentación correspondiente. Las impugnaciones u observaciones las resuelve exclusivamente en las PASO el Juez Electoral y en las elecciones definitivas del 27 de octubre la Junta Electoral Nacional, conformada por el Presidente de la Cámara Federal de Apelaciones, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia y el Juez Federal con Competencia Electoral.