La Corte Suprema de Justicia de Tucumán tramita desde hace cinco meses el pleito de la re-reelección legislativa de Sergio Mansilla (FpV). La banca del dirigente oficialista permanece vacía y a la espera de que concluya este juicio iniciado por Walter Berarducci, secretario de Gobierno de la Municipalidad capitalina. En la víspera de las elecciones generales de agosto, el alto tribunal había habilitado en forma cautelar -vía per saltum- la tercera candidatura consecutiva de Mansilla con la advertencia de que, si resultaba elegido -como sucedió-, no podría asumir en el cargo hasta que hubiese una sentencia firme a su favor. Su destino depende, en lo inmediato, de la decisión que tomen los vocales René Goane, Antonio Estofán y Claudia Sbdar.
Luego de que la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo declarase la inconstitucionalidad de su última postulación, el ex senador kirchnerista presentó un recurso de casación que fue rechazado por extemporáneo (la Sala III interpretó que habían vencido los plazos para articular el planteo). Como consecuencia de ello, Mansilla se presentó directamente ante la Corte con un recurso de queja por casación denegada. En paralelo, el ex funcionario del círculo íntimo del ex gobernador José Alperovich dedujo un recurso de inconstitucionalidad para -paradójicamente- discutir la inconstitucionalidad dispuesta por los camaristas Ebe López Piossek y Rodolfo Novillo.
La interposición de la queja data de mediados de noviembre y es el recurso cuyo trámite está más avanzado. Según el sistema informático, el pedido de revisión del fallo de la Sala III ya pasó por las vocalías de Goane y de Sbdar. El 7 de marzo pasado, la queja ingresó al despacho de Estofán, donde continúa. Fuentes judiciales informaron que los vocales se pronunciarán primero respecto de la admisibilidad del recurso. Sólo si lo acogen, analizarán la cuestión de fondo, y si procede o no la pretensión de Mansilla de asumir como legislador re-reelegido pese a que la Constitución de Tucumán únicamente autoriza dos períodos consecutivos.
En el Palacio de Justicia ayer no eran capaces de calcular cuánto tiempo falta para finalizar la judicialización que mantiene en vilo a Mansilla, quien, así y todo, ocupa “extraoficialmente” un despacho en la vieja sede de la Legislatura y da órdenes a personal de esa institución. Ocurre que los vocales pueden cambiar el sentido de sus votos hasta que los firman y que ya dieron señales de que no tienen apuro. Goane, Estofán y Sbdar frenaron en seco a Mansilla a fines de octubre y horas antes del juramento de los nuevos parlamentarios. En esa ocasión, la Corte rechazó el segundo per saltum articulado por el ex senador, que actúa en Tribunales con la asistencia del abogado Pedro Cruz. Por esta vía, Mansilla pretendía acelerar los tiempos procesales, pero el alto tribunal le ordenó atenerse al desarrollo natural del pleito con el argumento de que no existía una gravedad institucional que justificase abreviar o saltear actos previos al fallo.
El itinerario judicial de Mansilla le ha deparado “una de cal y una de arena”. La Junta Electoral Provincial habilitó su re-reelección con el argumento de que, si bien este había ganado las elecciones en 2007 y en 2011, en esa segunda oportunidad no juró como legislador (se trataba de una postulación testimonial) y de que, por ende, no había transgresión a la cláusula 45 de la Constitución de Tucumán (incorporada en la reforma de 2006), que sólo permite la reelección -firmaron esta resolución el vocal Antonio Gandur, el ministro público Edmundo Jiménez y la ex legisladora Beatriz Bordinaro de Peluffo-. Pero en sede judicial y a instancias de Berarducci (Acuerdo para el Bicentenario), la camarista López Piossek dictó una medida cautelar para impedir que Mansilla participara en los comicios. En ese punto, Mansilla dedujo el primer per saltum ante la Corte y consiguió la autorización para que colocar su boleta en el cuarto oscuro mas no el visto bueno para asumir, en el caso de ganar. El ex senador enfrentó la elección del 23 de agosto sabiendo que no podría festejar aunque ganara: dos días antes, López Piossek y Novillo declararon que la Constitución prohíbe la re-reelección sin distinguir si la banca fue o no asumida. “A nuestro leal saber y entender, es suficiente una simple lectura del artículo 45 para alcanzar a ver que el significado es clarísimo y está al alcance del sentido común de todos”, expresaron los camaristas.