BUENOS AIRES.- El juez federal Claudio Bonadio puso un punto final provisorio a una vieja historia que se debate en tribunales desde hace al menos un lustro: sobreseyó a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner en una causa donde estaba sospechada de falsificar su título de abogada, tras recibir informes que ratificaron la autenticidad de ese documento.
Bonadio -quien procesó a la ex presidenta en la causa de dólar futuro- cerró así el expediente iniciado por el ex juez de la Corte correntina Ernesto Edmundo Reggi, quien la denunció penalmente por los delitos de “usurpación de títulos” y “defraudación contra la administración pública”.
Según Reggi, Cristina Fernández se presentó reiteradamente como “una abogada exitosa”, pero advirtió que “tal título profesional nunca ha sido exhibido públicamente, a pesar de que su existencia fue puesta en tela de juicio por las más diversas personalidades del mundo jurídico y ciudadanos en general”. Bonadio consultó a la Universidad Nacional de La Plata sobre las condiciones de cursada, aprobación de materias y completud de la carrera por parte de la ex mandataria, y con ese informe decidió cerrar la causa. La Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) certificó que Cristina Fernández se recibió allí a mediados de los ‘70 y remitió documentación respaldatoria, que derivó en que Bonadio sobreseyera a la ex mandataria, aunque la medida es todavía apelable por el fiscal federal Carlos Rívolo.
Bonadío dijo en su fallo que la UNLP le “remitió la fotocopia del acta 710 obrante en el libro de registros de entregas de títulos, de cuya anotación consta que Cristina Elisabet Fernández se recibió de abogada en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales y retiró el diploma el día 10 de diciembre del año 1979”. Asimismo, el juez recibió “una fotocopia certificada de la planilla de inscripción e ingreso a la carrera de abogacía, firmada por la nombrada y fechada en la Ciudad de La Plata el día 15 de septiembre del año 1971”.
Y también le remitieron “una fotocopia del certificado analítico completo en donde surgen las materias rendidas por Cristina Elisabet Fernández, las fechas y calificaciones obtenidas, con referencia a la fecha en la cual se recibió (1 de octubre del año 1979)”.
“Frente al resultado de pruebas realizadas durante la instrucción y no advirtiendo otras medidas de interés por disponer, correspondería archivar la presente por inexistencia de delito”, sostuvo el juez, quien recordó que este planteo se dio también ante los juzgados federales “4, 5 y 12, habiéndose dispuesto el archivo de las causas respectivas por inexistencia de delito”. Según Bonadio, “es de público y notorio conocimiento los interrogantes que surgen en torno a si Fernández se recibió o no de abogada, generando ello un descrédito para la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, pues además se tildaron de falsos algunos documentos expedidos por dicha casa de estudios”.
Para el juez “resulta acorde a derecho disponer el sobreseimiento de Cristina Elisabet Fernández pues no existió el hecho denunciado” en la presentación. (DyN)