Todavía no están autorizados los viajes turísticos. Sin embargo se puede viajar en el marco de una necesidad imperiosa y siempre y cuando se cumplan con los protocolos que exigen los aeropuertos y cada provincia del país, así como los países de destino.
El decreto 927/2020 señala que pueden viajar quienes deban asistir a médicos o acompañar a pacientes y los que deben realizar actividades y servicios esenciales previstos en el artículo 11:
Personal de salud
Fuerzas de seguridad
Bomberos y control de tráfico aéreo, autoridades y otros trabajadores, además de personas con situaciones personales que hagan necesario su traslado.