Quienes resulten elegidos por la voluntad del pueblo tienen no sólo el deber moral sino la obligación que establece la Constitución Nacional de asumir el cargo para el cual se postularon. Por ello, aquellos candidatos que decidan no asumir los cargos para los cuales se postularon, con dicha actitud incurren en candidatura testimonial, incurren impunemente en fraude al electorado, que afecta a toda la sociedad, por la gran lesividad colectiva que la misma implica. Por lo tanto, cuando los ciudadanos eligen por medio del voto a sus representantes, jamás le delegan la soberanía, solo “facultades” para que nos representen, para que trabajen por el bien común, por el bienestar general del pueblo y no antepongan y/o privilegien sus intereses particulares, grupales, ideológicos y partidarios.

Miguel Ángel González Fidani


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