Luis Adrián Arias (21 años), quien en noviembre fue condenado a prisión perpetua por el crimen de Nancy Lorena Zelaya (36 años), accedió a la prisión domiciliaria hasta tanto quede firme la sentencia en su contra. El mismo tribunal que le dictó la pena máxima determinó también esta medida y está integrado por los jueces Enrique Martín Cacici, Rodrigo Martearena y Jesús Pellegri (votó en disidencia a la domiciliaria).
El femicidio ocurrió el 21 de mayo de 2020 en un predio del barrio El Salvador, en Concepción. Las cámaras de seguridad fueron las pruebas más valoradas para resolver el caso, una de ellas captó el momento en el que Zelaya subió con Arias a una moto. Otra registró cuando la mujer y el condenado ingresaban al descampado y del cual sólo salía Arias a los dos minutos. Una tercera cámara mostró que luego Arias regresó a su pueblo, Alto Verde, donde se lo detuvo y le secuestraron la motocicleta y la ropa que había usado el día del crimen.
“Es una locura que los jueces le den arresto domiciliario a una persona que ya fue condenada a perpetua. El planteo se basa en que todavía se trata de una prisión preventiva, pero ahora ya hay una sentencia en su contra”, señaló el hermano de Nancy, Julio Chávez, que denunció desesperado esta situación. “Hemos apelado esto, porque es inaudito, hay gente que está en la cárcel por robar una bicicleta y a un femicida le dan domiciliaria. En Concepción nada más pasa esto”, agregó.
Femicidio en Concepción: “Ver sus fotos me hace mal; él le hizo mucho daño”“Mis abogados me dicen que hay un fallo de la Corte que prohibe esto, por más que haya una prórroga de prisión preventiva, desde el momento de la sentencia ya se cumple con la condena de forma efectiva”, subrayó. Por último explicó que se acrecentó el peligro de fuga con esta medida. “Lo condenaron a 35 años de prisión, no tiene nada que perder ya. Estando en la casa se puede cortar la pulsera electrónica y desaparecer”, concluyó Chávez.
El ministerio Público Fiscal y el abogado querellante, Leandro Juárez, ya apelaron esta situación. “El condenado ya está en su casa desde el 27 de noviembre. Entendemos que no reúne ningún requisito para obtener el beneficio de la domiciliaria”, remarcó Juárez, que añadió que hay jurisprudencia y acordadas de la Corte que señalan que el tribunal debió extender el arresto común para el condenado.
Los defensores de Arias, Benjamín Núñez Arévalo y Jorge Muñoz explicaron que la medida se ajusta al derecho. “Hay que entender que los procesos penales concluyen cuando las sentencias quedan firmes. Las prisiones preventivas tienen un plazo máximo estipulado de dieciocho meses. El nuevo Código es acorde a los Derechos Humanos y los principios de la Convención Interamericana”, sostuvo Núñez Arévalo, que aclaró que la Fiscalía pidió la prórroga de la cautelar pero se la denegaron en favor de la defensa. “Hasta que dos tribunales no lo encuentren culpable del hecho, los criterios de interpretación de la ley deben ser siempre a favor del imputado. Los jueces se ciñeron a la ley; la Argentina ya fue condenada y sancionada por no respetar este derecho”, agregó. “No había ningún fundamento para negarle la domiciliaria. En realidad correspondía que le dieran la libertad, porque él ya había cumplido con el máximo de los plazos, pero bueno, los jueces resolvieron darle una medida de coerción menor”, argumentó Muñoz.