El Gobierno decidió postergar hasta el 1 de junio próximo la actualización del impuesto sobre los combustibles líquidos, prevista desde mañana, con el objetivo de asegurar una estabilización y una adecuada evolución de los precios.La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial, a través del decreto 98/2022.
Considerándose y tratándose de impuestos al consumo, y dado que la demanda de los combustibles líquidos es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles, sostiene en los considerandos el decreto firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el ministro de Economía, Martín Guzmán.
Esta norma recuerda que las actualizaciones para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil se han diferido sucesivamente hasta diversas fechas los efectos de los incrementos en los montos de impuesto fijados en la Ley 23.966 de impuestos sobre combustibles líquidos.
En línea con las medidas instrumentadas hasta la fecha, y con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios, resulta razonable postergar para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil los efectos de los incrementos en los montos de impuesto establecidos en el primer párrafo del artículo 4°, en el inciso d) del primer párrafo del artículo 7° y en el primer párrafo del artículo 11, todos ellos del Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, derivados de las actualizaciones correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres calendario del año 2021, agrega el decreto.
El Gobierno decidió postergar hasta el 1 de junio próximo la actualización del impuesto sobre los combustibles líquidos, prevista desde mañana, con el objetivo de asegurar una estabilización y una adecuada evolución de los precios.La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial, a través del decreto 98/2022.
Considerándose y tratándose de impuestos al consumo, y dado que la demanda de los combustibles líquidos es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles, sostiene en los considerandos el decreto firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el ministro de Economía, Martín Guzmán.
Esta norma recuerda que las actualizaciones para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil se han diferido sucesivamente hasta diversas fechas los efectos de los incrementos en los montos de impuesto fijados en la Ley 23.966 de impuestos sobre combustibles líquidos.
En línea con las medidas instrumentadas hasta la fecha, y con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios, resulta razonable postergar para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil los efectos de los incrementos en los montos de impuesto establecidos en el primer párrafo del artículo 4°, en el inciso d) del primer párrafo del artículo 7° y en el primer párrafo del artículo 11, todos ellos del Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, derivados de las actualizaciones correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres calendario del año 2021, agrega el decreto.