Tarjeta de débito: qué hacer si me quieren cobrar recargos por pagar con esta opción

Según la ley 25.065, cobrar intereses por utilizar este método de pago está prohibido. ¿Cómo denunciar?

Imagen ilustrativa.      Imagen ilustrativa. (Foto: iprofesional)
21 Marzo 2024

En una sociedad cada vez más digitalizada, usar la tarjeta de débito para hacer compras es un método muy elegido debido a su rapidez y eficacia. Si bien es común el cobro de intereses si se financia con tarjeta de crédito, desde la AFIP indicaron que no debe suceder lo mismo si se hace con débito. Según explicaron, esta práctica está fuera del marco de lo legal y detallaron de qué manera se debe denunciar al comercio si esto ocurre.

Desde AFIP señalan que numerosos comercios no están registrados en el organismo, pero aún así deben cumplir con la ley 27.253. Además, si en los locales se ofrecen descuentos por pagar en efectivo o no tienen terminal de cobro con tarjeta de débito, esto también puede ser denunciado desde cualquier celular con acceso a internet.

Qué debo hacer si me quieren cobrar recargos por pagar con tarjeta de débito

Generalmente, el arancel que debe abonar el usuario varía entre un 3% y un 5%, pero la Ley 25.065 establece en su artículo 37 inciso C, que el proveedor está obligado a no efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta de débito.

Esta normativa está vigente en todo el país, por lo que los recargos son ilegales y pasibles de sanción o multa.

Para hacer la denuncia, hay que escanear el código QR que figura en el “Formulario 960 – Data fiscal” del local. De hecho, se encuentra pegado en la puerta o cerca de la caja de cobro. Una vez escaneado el QR, será derivado a la información correspondiente del local para que llevar a cabo la denuncia. Además, también existen otras opciones:

- Ingresar a la página web, ir a la parte de denuncias de AFIP y cargar la CUIT del comercio.

- Desde la App “Mi AFIP”.

- Por teléfono al 0800-999-3368.

Quiénes deben aceptar pagos con tarjeta de débito

- Los comercios que venden cosas muebles.

- Los comercios que prestan servicios de consumo masivo.

- Los comercios que hacen obras.

- Los comercios que alquilan cosas muebles.

Los comerciantes deberán brindar a los clientes la posibilidad de realizar las operaciones de pago a través de terminales POS. Enseguida, el dispositivo tendrá que admitir el cobro mediante todas las tarjetas de las redes a las que estén adheridas más una entidad financiera autorizada para operar en el país.

¿Los comercios están obligados a aceptar el pago con tarjeta de débito?

Los comercios deben aceptar el pago con tarjeta de débito cuando el monto de la compra es mayor a $100. Si el comercio acepta el pago por medio de código QR, no está obligado a aceptar el pago con tarjeta de débito.

¿En qué casos los comercios no están obligados a aceptar el pago con tarjeta de débito?

La obligación de aceptar el pago con tarjeta de débito no se aplica cuando:

- El monto de la compra es inferior a $100.

- El comercio está en una localidad que tiene menos de 1.000 habitantes.

¿El comercio recibe algún beneficio por aceptar el pago con tarjetas de débito?

Sí. Puede computar como crédito fiscal del impuesto al valor agregado (IVA) el costo de adoptar el sistema de pago con tarjetas de débito.

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