Jubilaciones en dos cuotas: ¿qué días de abril se acreditará cada tramo de los haberes?

El Gobierno comunicó el desdoblamiento en los pagos del próximo mes debido a la nueva fórmula de movilidad.

Jubilaciones. Jubilaciones. Página 12
29 Marzo 2024

Debido a la nueva fórmula de movilidad para las jubilaciones y pensiones, que desde abril se ajustará por inflación, la Administración Nacional de la Seguridad Social desdoblará el pago de los haberes del mes próximo en dos tramos.

Según informaron desde el organismo previsional, dada la transición de la fórmula anterior a la próxima, en abril los jubilados y pensionados recibirán un incremento extraordinario de 12,5% y, además, un 13,24% correspondiente a la inflación de febrero.

Estos números arrojarán un haber mínimo en abril de $171.283,31, y a ese monto se sumará el pago de un bono de $70.000. Por lo tanto, la jubilación mínima que se cobrará en abril será $241.283,31.

Jubilación en dos tramos: cuándo se paga cada parte

En un comunicado, la ANSES precisó que la reciente modificación "generará un desdoblamiento del pago prestacional, a fin de no demorar el acceso de los beneficiarios a sus haberes".

De esta manera, habrá una primera liquidación correspondiente al haber de marzo 2024, y una segunda liquidación correspondiente al aumento por movilidad previsional y al refuerzo de $70.000.

Es decir, una parte de los haberes será en las fechas de pago ya anunciadas por el organismo para abril, y para el "segundo tramo" aún no hay fechas definidas. "Próximamente, se informarán los calendarios del pago del aumento y del bono", dice el comunicado de la ANSES sobre el segundo tramo.

Fechas de cobro para el primer tramo de jubilaciones en abril

Documentos terminados en 0: a partir del 10 de abril.

Documentos terminados en 1: a partir del 11 de abril.

Documentos terminados en 2: a partir del 12 de abril.

Documentos terminados en 3: a partir del 15 de abril.

Documentos terminados en 4: a partir del 16 de abril.

Documentos terminados en 5: a partir del 17 de abril.

Documentos terminados en 6: a partir del 18 de abril.

Documentos terminados en 7: a partir del 19 de abril.

Documentos terminados en 8: a partir del 22 de abril.

Documentos terminados en 9: a partir del 23 de abril.

Jubilaciones que superan el haber mínimo

Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 24 de abril.

Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de abril.

Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 26 de abril.

Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 29 de abril.

Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 30 de abril.

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