Seis municipios tucumanos están en condiciones de ascender de categoría

Aguilares, Alderetes, Famaillá, Las Talitas y Yerba Buena cumplen los requisitos legales para ser de primera. Tafí del Valle debería pasar a segunda.

RECLAMO. Los planteos de la “Ciudad Jardín” para ser recategorizado vienen desde hace más de una década. RECLAMO. Los planteos de la “Ciudad Jardín” para ser recategorizado vienen desde hace más de una década.

Hace más de una década que Yerba Buena reclama a la Provincia que promueva al municipio a la primera categoría del Régimen Orgánico de las Municipalidades. Se viene argumentando que el distrito cumple con los requisitos que fija la Ley 5.529 para ascender en su categorización. Y ahora lo avalan datos del Censo 2022 que publicó recientemente el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (Indec).

Lo particular es que no sólo la “Ciudad Jardín” debería ser promovida del segundo al primer lote, sino también Aguilares, Alderetes, Famaillá y Las Talitas. Tafí del Valle, en tanto, cumple con los requisitos para ser ascendida de tercera a segunda categoría. Llevar a cabo estos cambios implicarían rever los porcentajes que se distribuyen por coparticipación (Ley 6.316), así como la ampliación de la cantidad de ediles en los concejos deliberantes.

De acuerdo con la Ley Orgánica de los Municipios (data de 1983), la categorización se debe efectuar por norma. En el tercer artículo se establece que serán de primera categoría aquellos distritos que cuenten con más de 40.000 habitantes y propiedades privadas no inferiores a 7.500. Según la Ley 5.530 (también data del 83), sólo están catalogados como municipios de primera categoría Banda del Río Salí, Concepción y Tafí Viejo (además de San Miguel de Tucumán).

En cifras

Los datos del Censo 2022 revelaron que Aguilares, Alderetes, Famaillá, Las Talitas y Yerba Buena superan ambos parámetros que se establecieron en la legislación vigente. La “Ciudad de las Avenidas” cuenta con 40.632 habitantes y 12.457 viviendas; la “Ciudad que nunca Duerme” tiene 68.368 habitantes y 18.786 residencias particulares; la “Capital de la Empanada” posee 42.669 residentes y 11.939 viviendas; el municipio talitense cuenta con 69.586 habitantes y 19.650 propiedades privadas; y en “Ciudad Jardín” se relevaron 82.129 personas y 24.496 residencias privadas.

En el caso de Tafí del Valle, reúne los requisitos para “ascender” a la segunda categoría: supera los 8.000 habitantes (el relevamiento del Censo 2022 arrojó 8.785 ciudadanos) y más de 4.000 propiedades privadas (se contabilizaron 4.618).

En el supuesto de que el Gobierno mantuviera sin modificaciones las normativas actuales y que decidiera regularizar la situación de dichos municipios, se debería ampliar también la cifra de concejales. El artículo 13 de la Ley 5.529 fija que a los municipios de primera categoría le corresponden 12 ediles, 10 para los de segunda y seis para los de tercera. Es decir que deberían incrementarse en total 16 concejales entre los seis municipios.

Puja por fondos

Cualquier “promoción” de un municipio a otra categoría debería acarrear también cambios en los recursos que le corresponden a cada distrito. La Ley 6.316 (de 1991) establece los porcentajes de coparticipación de fondos a distribuirse (nacionales y provinciales) entre municipios y comunas. Claramente se fijó el índice por entonces tomando como parámetros la categoría de distrito y la población: el 46% es para San Miguel de Tucumán (según el Censo 2022 cuenta con 598.835 habitantes); el 5,3% para Banda del Río Salí (77.669); el 4,7% para Tafí Viejo (85.548); y el 4,55% para Concepción (57.791).

Lo desactualizados que quedaron los porcentajes en la ley se aprecia en los casos de los municipios que hoy están en condiciones de ser “ascendidos”: 2,2% para Alderetes (68.368 habitantes); 3,05% para Yerba Buena (82.129); 3,15% para Famaillá (42.669); 4,05% para Aguilares (40.634); y 2% para Tafí del Valle (8.785). Las Talitas (69.586) no figura en la ley dado que se fundó como municipio cinco años después.

Acuerdos y denuncia

Este es un punto muy sensible en el Gobierno, dado que llevar a cabo readecuaciones en el modo de distribución de fondos implicaría que se les “quite” a otros dado que la masa coparticipable sería la misma. Por el desfasaje que existe entre el crecimiento de los municipios y los porcentajes que les corresponde por ley, hay intendentes que optan por firmar con la Provincia el Acuerdo Fiscal Municipal (conocido como “Pacto Fiscal”) aunque eso les quita independencia política. Mediante el convenio se ceden los fondos al Ejecutivo a cambio de que pague los sueldos en tiempo y forma, entre otros puntos.

Intendentes radicales sostienen ante la Corte de la Nación una denuncia contra la Provincia por la distribución de la coparticipación en Tucumán. Reclaman que se declare la inconstitucionalidad del artículo 2° de la Ley 6.316, en el que se fijan los porcentajes de distribución de fondos.

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