Diputados aprobó la ampliación del Registro de Datos Genéticos vinculados contra la integridad sexual

La Cámara baja dio media sanción al proyecto con 146 votos positivos, 87 negativos y 1 abstención.

DIPUTADOS. Con modificaciones, Diputados giró al Senado la ampliación del Registro Nacional de Datos Genéticos para investigar delitos. DIPUTADOS. Con modificaciones, Diputados giró al Senado la ampliación del Registro Nacional de Datos Genéticos para investigar delitos.
15 Agosto 2024

La Libertad Avanza consiguió en la noche del miércoles que la Cámara de Diputados apruebe el proyecto de ley que busca ampliar el alcance del Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a los delitos contra la integridad sexual, creado mediante la Ley 26.879, de modo de abarcar la investigación de otros delitos graves.

La Cámara baja dio media sanción al proyecto con 146 votos positivos, 87 negativos y 1 abstención, pero modificó un artículo y la información quedará en la cartera de Justicia. Ahora deberá tratarse en el Senado.

El texto es parte del conocido “paquete Bullrich”, un conjunto de iniciativas promovidas por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, entre las que también está la ley antimafias.

La iniciativa aprobada en Diputados busca que el registro incorpore perfiles genéticos de autores de todo tipo de delitos y no sólo vinculados a agresiones sexuales. Asimismo, contempla que el Poder Judicial deba extraer el perfil genético de toda persona imputada por un delito, sin necesidad de que haya sido condena.

Cuáles fueron las modificaciones que se hicieron en el proyecto original

Durante la votación en particular, la redacción del articulado sufrió modificaciones luego de que el artículo 2 resultara rechazado con 126 votos negativos, 111 votos afirmativos y 2 abstenciones.

Luego de casi una hora de cuarto intermedio, los bloques acordaron una nueva redacción que establece que el Registro de Datos quedará bajo la órbita del Ministerio de Justicia y no del de Seguridad como pretendía el Ejecutivo. La votación resultó con 231 votos afirmativos, 0 negativos y 7 abstenciones.

Mientras que el artículo 4 sufrió modificaciones en su redacción, puntualmente el inciso “E” que quedó de la siguiente manera: “Perfiles genéticos de una persona mayor de edad imputada, procesada o sobre la que recayese resolución judicial equivalente, o condenada en un proceso judicial o huellas que se encontraron asociadas con su identificación, así como los perfiles de quienes no fueron condenados por mediar una causa de inimputabilidad penal. A los fines de esta ley se considerará persona imputada desde el primer llamado efectuado con el objeto de recibir declaración indagatoria o equivalente. En el caso de los menores de edad, sus perfiles genéticos solo podrán ser incorporados si fueron declarados penalmente responsables por la comisión de un delito. Los datos serán removidos cuando la persona Imputada, procesada o condenada sea desvinculada de la investigación a través de una resolución judicial que adquiera certeza de cosa juzgada, o cuando no se haya resuelto la situación procesal y la etapa de Investigación se extienda por más de tres años”.

En el artículo 5, la diputada del PRO, Laura Rodríguez Machado, precisó que se modificó porque “Se considera persona imputada desde el primer llamado a la primera indagatoria” y que ““los datos serán removidos cuando la persona imputada, procesada o condenada sea desvinculada de la investigación procesal”.

Por otro lado, del artículo 6 se quitó la frase “delitos culposos” y del 7, se modificó “de encontrarse compatibilidad reiterar la extracción de la muestra bajo orden judicial del órgano competente".

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