Alerta de la Anmat por el uso de productos de limpieza de una conocida marca

El organismo indicó que desconoce las condiciones de elaboración de los artículos de la empresa por lo que son potencialmente perjudiciales para la salud.

La ANMAT prohibió la venta en todo el país de una marca de productos de limpieza La ANMAT prohibió la venta en todo el país de una marca de productos de limpieza
01 Enero 2025

Plasmado en la Disposición 11369/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso y comercialización de una serie de productos de limpieza de una conocida marca en Argentina.

De acuerdo con la Anmat, ni el establecimiento, ni los productos se encuentran inscriptos ante ese organismo por lo que se encuentran incumpliendo la normativa vigente.

Cuál es la marca de productos prohíbida por la Anmat

La marca en cuestión es Zafiro/Química Zafiro, quien fue notificada por la Anmat sobre la irregularidad, sin embargo, la compañía jamás respondió al comunicado. Además advirtió que "la página web indicada en el rotulado de los productos dirige a una página en armado".

Y "que por lo que refiere al registro de productos mencionados, se consultó por mail a la Autoridad Sanitaria de la Provincia de Buenos Aires, la cual informo que no se encontraron registros del establecimiento ni de los productos en su jurisdicción".

Por todo estos el Departamento de Control de Mercado dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud de la Anmat sugirió "a) Prohibir el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes de los productos domisanitarios de marca “Zafiro”. b) Iniciar el correspondiente sumario sanitario a Zafiro de Martin Alejandro Cardozo, CUIT: 20- 28382423-4, como responsable de los productos y por los incumplimientos a la normativa sanitaria aplicable que fueran señalados ut-supra; c) Prohibir la publicidad de los productos en el segundo párrafo d) Comunicar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional".

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