La Justicia rechazó el pedido de San Martín, pero ordenó continuar con la investigación

El club había solicitado que el socio Franco Morales no quede exento de pena por arrojar un objeto contra el palco en el que se encontraba la CD. El juez rechazó esa solicitud, pero ordenó agilizar la causa.

La Justicia rechazó el pedido de San Martín, pero ordenó continuar con la investigación Foto de Antonio Ferroni/LA GACETA.
05 Marzo 2025

Esta mañana, se llevó a cabo la audiencia en la que se debatió la causa contra Franco Daniel Morales, el socio de San Martín de Tucumán acusado de daños agravados en un espectáculo deportivo. El hecho se había originado tras la eliminación del equipo de Diego Flores contra Gimnasia y Esgrima de Mendoza por las semifinales del Reducido de la Primera Nacional de la pasada temporada.

La dirigencia de San Martín, encabezada por su representante legal, el doctor Juan Andrés Robles, insistió en que Morales no sólo causó daños materiales en un palco del estadio, sino que también había puesto en riesgo la integridad de las personas que se encontraban en el lugar. “El denunciado decidió pasar a la vía de los hechos para manifestar su disconformidad, arrojando un objeto contundente directamente hacia el palco en donde estaban las autoridades del club y otras personas más. No sólo tuvo la intención de dañar las instalaciones, sino también de agredir a quienes estaban dentro”, explicó Robles.

En este contexto, la institución “santa” se mostró en desacuerdo con la postura del Ministerio Público Fiscal de Tucumán, que había propuesto aplicar el criterio de oportunidad, lo que le permitiría al imputado evitar una pena a cambio de realizar actividades comunitarias. “Si aceptamos esto es como si el delito nunca hubiera existido. La persona quedaría limpia de culpa y cargo, y estaríamos enviando un pésimo mensaje a la sociedad”, enfatizó Robles.

El vicepresidente primero de San Martín, Bruno Sogno, también expresó su indignación, asegurando que lo ocurrido en La Ciudadela no fue un hecho aislado y que la actitud de Morales puso en peligro a numerosos hinchas. "A la cancha van niños, mujeres, jubilados. Esto podría haber terminado en una batalla campal. Nosotros queremos que la causa se investigue como corresponde y que el responsable pague por lo que hizo”, manifestó. Además, criticó la falta de avances en la investigación: “No entendemos cómo hasta hoy no hubo avances. Han pasado más de 90 días y no tenemos ninguna novedad”, agregó.

Por su parte, el abogado defensor de Morales, el doctor Ernesto García Biagosch, sostuvo su postura. “El intento de revisión de la querella fue declarado inadmisible porque no cumplía con los requisitos del código procesal. La audiencia respondía solo a una disconformidad. La defensa sostuvo esta postura con éxito, ya que el juez coincidió con su argumento. Se valora la resolución, ya que garantiza la seguridad jurídica y la estabilidad de las decisiones judiciales”, argumentó Biagosch. 

La resolución del juez en el caso contra Franco Morales

Finalmente, el juez Sebastián Rodolfo Norniella Parache emitió su resolución, rechazando por inadmisible la petición de la querella y considerando que aún no se aplicó ningún criterio de oportunidad. Sin embargo, ordenó al Ministerio Público Fiscal que avance con las diligencias necesarias en un plazo razonable para garantizar el resguardo de los derechos tanto del imputado como del damnificado.

1. Rechazar por inadmisible lo peticionado por la querella, resultando prematuro, atento al estado procesal del presente legajo, toda vez que aún no se aplicó criterio de oportunidad alguno, sin perjuicio de la eventual oposición que pudiera ejercer la querella en su oportunidad procesal conforme lo consideraba. Artículos 27, 28, 29, 156, a contrario sensu y concordantes del código procesal penal de Tucumán

2. Encomendar al Ministerio Público Fiscal que realice todas las diligencias necesarias de forma eficaz y efectiva, a fin de poder avanzar en el presente proceso en un plazo razonable, el resguardo de los derechos del imputado y el damnificado.

3.
Quedan las partes presentes en la audiencia debidamente notificadas, artículo 102 y 131 en fin del Código Procesal Penal de Tucumán.

4. Autorizar a OGA al libramiento de los oficios y diligencias pertinentes.

Con esta decisión, el proceso continúa abierto y el caso sigue en etapa de investigación. Mientras tanto, la dirigencia de San Martín espera que se tomen medidas ejemplares.

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