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Un hombre fue condenado por la Justicia de San Francisco, Córdoba, tras comprobarse que recibió una transferencia millonaria por error en su cuenta de Mercado Pago y nunca devolvió el dinero. El fallo fue dictado por el juez Civil de Primera Instancia, Carlos Ignacio Viramonte, quien además declaró al demandado en rebeldía por no presentarse a las audiencias ni ejercer su defensa.
Cómo ocurrió el error en la transferencia
Según consta en el expediente judicial, el denunciante explicó que en febrero de 2025 realizó una transferencia involuntaria por $1.796.000 desde su caja de ahorro del Banco Macro hacia una cuenta de Mercado Pago que no le pertenecía.
El error se produjo cuando intentó transferir su sueldo a una cuenta propia del Banco BBVA. Al comenzar a escribir el alias, el sistema de autocompletado del celular redirigió la operación a un usuario desconocido, concretándose el envío del dinero a un tercero.
Sin respuesta y con demanda judicial
Tras advertir lo sucedido, el damnificado intentó contactar sin éxito a la persona que recibió los fondos. Ante la falta de respuesta, inició una demanda civil para recuperar el dinero.
Durante todo el proceso, el demandado no participó de las audiencias ni presentó descargos. Por ese motivo, el juez Viramonte lo declaró en rebeldía.
En su fallo, el magistrado recordó que la ausencia total de defensa genera una presunción de veracidad de los hechos expuestos por la parte actora, conforme al artículo 192 del Código Procesal.
Qué dijo el juez y por qué lo condenó
El juez también destacó que no existía vínculo contractual, comercial ni de otra naturaleza entre las partes al momento de la transferencia, descartando cualquier relación de acreedor-deudor que justificara la tenencia de los fondos.
En ese marco, concluyó que el demandado se enriqueció injustamente a costa del empobrecimiento del denunciante, figura jurídica que habilitó la condena.
La condena
En su resolución, el juez hizo lugar a la demanda y ordenó que el acusado devuelva:
$1.796.000,
más intereses,
el pago de costas judiciales,
y los honorarios del abogado patrocinante, fijados en $691.286, también con intereses.





















