Jubilados que viajan al exterior: qué trámites deben hacer para no perder sus haberes en 2026
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Los jubilados de Anses deben informar sus viajes al exterior mayores a 90 días ante el organismo para evitar la suspensión del cobro de sus haberes durante el año 2026.
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El trámite requiere el formulario PS 6.246 en delegaciones oficiales. Quedan exentos quienes viajen a países con convenios, como Brasil, Uruguay, España, Italia o Estados Unidos.
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Esta medida garantiza la seguridad financiera de los beneficiarios y previene problemas administrativos. Se busca asegurar la continuidad prestacional ante estadías prolongadas.
Jubilados
Para asegurar la continuidad en el cobro de la jubilación en caso de necesitar viajar, es fundamental que los beneficiarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informen sus desplazamientos internacionales. Aquellas personas que planeen ausentarse de Argentina por un período superior a los noventa días deben cumplir con una serie de requisitos administrativos previos al viaje.
El trámite posee un carácter obligatorio para estancias prolongadas en países que carecen de convenios de reciprocidad con el Estado argentino, aunque existen excepciones específicas según el destino elegido.
Qué trámites hay que realizar en caso de salir más de tres meses del país para no perder la jubilación
Trámite de Ausencia y Reingreso al País (ANSES)
Realizá esta gestión para evitar la suspensión del pago de tu prestación si salís del país por más de tres meses o te radicás en el exterior.
¿Quiénes deben realizarlo?
Todo jubilado o pensionado que se ausente por más de tres meses o resida definitivamente en un país sin Convenio de Reciprocidad.
Países exentos (No hace falta informar)
Si viajás a los siguientes destinos, no necesitás hacer el trámite debido a convenios existentes:
- Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay, España, Italia, Portugal, Grecia, Estados Unidos, Países Bajos, Colombia, México y Eslovenia.
Documentación Requerida
Para gestionar la ausencia, presentate en cualquier delegación de ANSES con:
- Formulario PS 6.246 (Ausencia y regreso al país).
- DNI y último recibo de cobro.
- Pasaporte y Pasajes (o certificado de la compañía de viaje).
- PNC por Invalidez: Deberán presentar el formulario de "Comunicación, Descargo y Renuncia".
- Apoderados: Deben sumar el Formulario PS 6.4 (Carta Poder) y DNI (original y copia).
Cómo realizar el trámite (Paso a paso)
- Actualización de datos: Verificá que tus vínculos familiares y datos personales estén al día en Mi ANSES o llamando al 130.
- Reuní la documentación: Prepará los formularios y pasajes mencionados arriba.
- Presentación (Salida): Dirigite a una oficina de ANSES sin turno antes de viajar para dejar asentada tu ausencia.
- Nota: Beneficiarios de PNC por Invalidez sí deben solicitar turno.
- Aviso de Regreso: Al volver al país, tenés 30 días para comunicarlo en ANSES. Presentá el pasaje de vuelta o pasaporte.
- Si regresaste por medios propios, completarás una Declaración Jurada.
- Si postergás tu vuelta, deberás solicitar una prórroga.























