BUENOS AIRES.- El Ministerio de Trabajo de la Nación fijó las remuneraciones mensuales mínimas, para las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico. La retribución para quien trabaje por hora subió casi $4, y pasó a $19,56.
La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial, y regirá a partir del primero de noviembre de este año. Las remuneraciones se clasifican en seis categorías, según la tarea, la cantidad de horas de trabajo y el hecho de que el empleado permanezca o no en el domicilio donde cumple sus funciones. Además, se aclaró que en caso de que los trabajadores tengan 16 o 17 años inclusive, percibirán una remuneración mensual mínima de $ 2.568,30.
Detalles
Para la primera categoría, que son institutrices, preceptores/as, gobernantes/as, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses), el sueldo mínimo será de $3.157,93. Para la segunda categoría, que son empleadas cama adentro sin retiro para todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños, caseros y en general empleados y auxiliares para todo trabajo, el sueldo mínimo será de $2.931,14.
Para la tercera, que son empleadas cama adentro sin retiro para parte del trabajo que incluya cocina, limpieza; cocina y lavado; limpieza, lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del servicio doméstico, el sueldo mínimo será de $ 2.863,60. Para el cuarto rubro, que son empleadas con retiro, todo el día hasta las 20 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera, el sueldo mínimo será de $ 2.863,60.
Para la quinta categoría, que comprende empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera, el sueldo mínimo fue establecido en$ 2.568,30. Para la sexta categoría, que son empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera, la remuneración mínima será de $ 2.131,75. (Télam)