Podrán comprar dólares los trabajadores registrados que ganen desde $ 7.200 de sueldo

Capitanich, jefe de Gabinete, dio detalles de cómo será la operatoria. "El límite superior será equivalente a U$S 2.000 por personas físicas", dijo

DYN DYN
27 Enero 2014
BUENOS AIRES.- El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, precisó hoy que podrán acceder a la compra de dólares para tenencia y ahorro "todos los trabajadores registrados en relación de dependencia, autónomos o monotributistas inscriptos en la AFIP, en función del ingreso mensual, habitual y permanente".

Capitanich señaló en conferencia de prensa, junto al titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, que el límite inferior es percibir en concepto de ingresos mensuales el equivalente a dos salarios mínimo, vital y móvil, es decir, 7.200 pesos a partir de 2014, informó DyN.

"El límite superior será equivalente a U$S 2.000 por personas físicas" y la retención por el impuesto a las Ganancias será en esos casos de 20% de la operación", añadió Capitanich, al tiempo que indicó que para turismo y gastos de tarjeta de crédito y débito en el exterior no hay cambios, en virtud del éxito que esto ha tenido en el turismo receptivo e interno en el país", lo cual implica que la retención de Ganancias continúa en 35%.

El Gobierno informó, además, que el recargo del 20% no regirá cuando la moneda adquirida sea depositada en una cuenta bancaria durante al menos un año, como establece la resolución la Resolución General 3583 publicada en el Boletín Oficial.

La consulta para obtener la autorización de la AFIP se realizará a través del sitio web del organismo recaudador. En medio de la fuerte incertidumbre que genera la nueva operatoria, el jefe de Gabinete aseguró que se tratará de un "mecanismo confiable". "Será un sistema automático, transparente y con formula publicada a través de la página de la AFIP", aseguró el funcionario.

Aquellas personas que obtengan la autorización para comprar moneda extranjera, deberán concurrir con el formulario a una entidad financiera dentro de las 72 horas hábiles posteriores a la realización de la consulta en la web de la AFIP. "El acceso por parte de las personas físicas será a través del sistema informático con los parámetros establecidos anteriormente y con el formulario podrá recurrir durante los próximas 72 horas hábiles a un entidad financiera para adquirir los dólares", indicó Capitanich.

Según se informó, el organismo recaudador publicará en su sitio online el nombre y apellido de aquellas personas que realicen el trámite para pedir autorización. "La AFIP publicará todos los días quienes hayan realizados operaciones por el sistema", apuntó el jefe de Gabinete.

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