Belluscio no cree en los límites de edad

El ejercicio de un cargo, según la capacidad

POSTURA. El ex juez intervino en 1999 en el paradigmático “Caso Fayt”. notarioslatinos.com POSTURA. El ex juez intervino en 1999 en el paradigmático “Caso Fayt”. notarioslatinos.com
02 Febrero 2014
BUENOS AIRES.- El ex juez de la Corte Augusto Belluscio ratificó ayer su visión a favor de que “no” exista un límite de edad para que un magistrado siga ejerciendo su cargo y afirmó que, en todo caso, si el “poder político” opina en contrario, puede impulsar una nueva reforma constitucional e introducir el tema. El mismo día en que el juez del alto tribunal Carlos Fayt cumple 96 años, Belluscio enfatizó que la legislación contempla el mecanismo del “juicio político” si se sospechara que un magistrado no está en condiciones de desempeñar sus funciones, pero advirtió que esa posibilidad existe más allá de que ese funcionario judicial tenga “75 años, 60 u 80”. “Yo no creo en límites fijos de edad: creo que la capacidad puede existir o dejar de existir; entonces, si (un juez) deja de tener capacidad a los 75, no puede continuar en el cargo; si deja de tenerla a los 60 o a los 80, igual”, remarcó. En septiembre de 2005, al cumplir 75 años, Belluscio decidió su retiro del máximo tribunal aduciendo cuestiones “morales” y “éticas”.

Sucede que el jurista, en agosto de 1999, fue uno de los miembros de la Corte que aprobó una sentencia -en la denominada causa “Fayt, Carlos Santiago c/Estado Nacional s/ proceso de conocimiento”- que declaró la nulidad de la cláusula que establecía la caducidad de la designación de los jueces nacionales al llegar a los 75 años. “Yo intervine en el juicio de nulidad de la cláusula de la reforma constitucional que establece la edad de 75 años como máximo y consideré que había una incompatibilidad moral entre haber votado la nulidad de esa cláusula y continuar en el cargo después de los 75 años, es decir, aprovechar la misma sentencia que yo había firmado”, recordó esta mañana Belluscio.

Consultado sobre si estaba de acuerdo en establecer una edad determinada como límite para la continuidad de los jueces, respondió: “En principio no, pero esa es una cuestión política que deben resolver los poderes políticos”.

“En todo caso, si quieren reformar la Constitución nuevamente y establecer el límite pueden hacerlo”, afirmó, aunque insistió en subrayar que, a título personal, descree de los “límites fijos de edad” para desempeñar una determinada función. Belluscio reiteró que, ante la presunción de que un juez no esté eventualmente en condiciones de continuar cumpliendo con idoneidad su tarea, está la posibilidad del juicio político.

“La solución que siempre se ha pensado en esos casos es el juicio político”, indicó, y aclaró que este mecanismo “no necesariamente debe estar fundado en una culpa del magistrado, sino en la imposibilidad de seguir desempeñando el cargo” por una cuestión, por ejemplo, de salud mental.(DyN)

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