No se autorizan prestaciones fuera de convenio y más caras

La titular de la obra social dio razones de las demandas en la Justicia

LA INTERVENTORA. Nelly Ganim conduce el Subsidio de Salud. LA INTERVENTORA. Nelly Ganim conduce el Subsidio de Salud.
01 Julio 2014
La interventora del Subsidio de Salud, Nelly Ganim, tiene una explicación para el cúmulo de medidas de amparo que le llegan desde la Justicia en favor de sus afiliados: los especialistas y los hospitales de alta complejidad que se requieren para tratar ciertas enfermedades no son prestadores de la obra social (es decir, no tienen un convenio previamente fijado) y cobran más que los profesionales que están dentro de ese acuerdo. La funcionaria contestó preguntas vía correo electrónico:

- ¿Cuántos afiliados discapacitados tiene la obra social?

- Actualmente, 4.391.

- ¿Cuántos amparos se presentaron en lo que va del año?

- Son 121 emplazamientos judiciales (amparos), no sólo por discapacidad sino también por otros temas, como cirugías, medicamentos y/o aplicación de botox.

- ¿Cuáles son las razones más frecuentes para el amparo?

- Rehabilitación y cuidados paliativos. El Subsidio de Salud, a lo largo de 2013, produjo cambios profundos y sustanciales para poder contemplar cuidados paliativos y de rehabilitación, entre otros temas. No estaban incluidos en el menú prestacional, lo que generaba la gran cantidad de amparos. El fruto del trabajo se refleja en la resolución 9.415, que contempla la cobertura de enfermería, cuidados domiciliarios y otras prácticas no nomencladas, en una clara muestra de buscar soluciones concretas para los afiliados. Es bueno señalar que los amparos tienen que ver con efectores que no son prestadores de nuestra obra social y cuyos precios son más elevados que los de aquellos que han firmado un convenio prestacional con el Subsidio. Ejemplo de esta situación se da en Tucumán con el centro educativo terapéutico Markay y en Buenos Aires con el instituto Fleni. El Subsidio de Salud da cobertura con precios definidos desde la obra social y pautados con los prestadores, en un convenio que firmaron 23 instituciones, con derechos y obligaciones para ambas partes. El amparo surge cuando el afiliado elige un prestador que no figura en ese convenio, y que cobra más caro.

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