20 Septiembre 2015
El alto tribunal quedó en condiciones de sentenciar
Quedó firme la integración de la Corte con Goane, Posse, Ibáñez, Moisá y Bejas. El vocal decano dijo que su par debía apartarse. Rechazaron las recusaciones deducidas contra el vocal Posse y el camarista Moisá; el Ministerio Público dictaminó por la revocación del fallo.
En horas, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán completó un trámite que, cuando las cosas van muy rápido, se extiende durante al menos un mes y medio. Gracias a esta celeridad, el alto tribunal quedó ayer en condiciones de revisar el fallo que declaró la nulidad de los comicios del 23 de agosto con las firmas de los camaristas Salvador Ruiz y Ebe López Piossek.
Intervendrán en ese estrado los vocales naturales René Goane (decano y, por ende, preopinante) y Daniel Posse, y los camaristas civiles Carlos Ibáñez, Benjamín Moisá y Raúl Bejas. Salvo Goane e Ibáñez, todos los magistrados mencionados fueron nombrados por el gobernador José Alperovich (en el caso de los jueces civiles, previo concurso en el Consejo Asesor de la Magistratura).
Esta integración quedó firme por el rechazo de las recusaciones con causa que había deducido el frente opositor Acuerdo para el Bicentenario (ApB) para separar del caso a Posse y a Moisá. El primero había sido cuestionado por su carácter de hermano del fiscal de Estado, Jorge Posse Ponessa, y de ex funcionario alperovichista. Si bien Daniel Posse se excusaba religiosamente en todos los pleitos que involucraban a la Provincia, en este litigio fue Posse Ponessa quien decidió inhibirse (el abogado Aldo Cerutti actúa en su lugar). Pero los jueces Ibáñez, Moisá y Bejas confirmaron a Posse con la disidencia de Goane, que sostuvo que su par debía apartarse del juicio.
Tampoco tuvo cabida la pretensión de separar a Moisá, que es cuñado del legislador ultrakirchnerista Sisto Terán Nougués. En este supuesto, la recusación con causa fue rechazada por unanimidad (Goane, Posse, Ibáñez y Bejas rubricaron la desestimación).
En cambio, sí se inhibió Edmundo Jiménez, ministro público, y ex ministro de Gobierno y Justicia histórico de esta gestión (horas antes de los comicios, Ruiz y López Piossek habían desplazado a este funcionario de la Junta Electoral por considerar que no ofrecía garantías de imparcialidad). En su lugar actuó Marta Ignacia Jerez de Rivadeneira, fiscala de Cámara, quien este sábado por la tarde dictaminó que las elecciones eran válidas y, por ende, la Corte debía revocar el fallo de la Sala I de al Cámara en lo Contencioso Administrativo. Si bien esta opinión no es vinculante, fuentes del ApB interpretaron que preanunciaba una decisión favorable al oficialismo y anticiparon que ya trabajan en el recurso extraordinario que articularán para que el caso llegue hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Cinco cuestiones esenciales del proceso judicial que mantiene en vilo al país
1) El pedido de “per saltum” del Frente para la Victoria devino abstracto.
El expediente del juicio que inició el Acuerdo para el Bicentenario ingresó a las 2 de la mañana del sábado en la Corte Suprema de Justicia de Tucumán procedente de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Como los jueces otorgaron el recurso de casación, devino abstracto el “per saltum” solicitado por el Frente para la Victoria.
2) Fracasaron los planteos de la oposición contra Posse Moisá.
La Corte desestimó las recusaciones que el Acuerdo para el Bicentenario dedujo para apartar del caso al vocal Daniel Posse (René Goane votó en disidencia) y al juez Benjamín Moisá. El primero fue recusado porque es hermano del fiscal de Estado, Jorge Posse Ponessa, y el segundo, porque es cuñado del legislador Sisto Terán (FpV).
3) El Ministerio Público opinó que hay que revocar el fallo de la Sala I.
La fiscala Marta Ignacia Jerez de Rivadeneira dictaminó que la Corte Suprema debe dejar sin efecto la invalidez de las elecciones que habían dispuesto los camaristas Salvador Ruiz y Ebe López Piossek. Jerez emitió su opinión no vinculante en sustitución del ministro público Edmundo Jiménez, que se excusó.
4) El alto tribunal provincial puede emitir sentencia en cualquier momento.
El expediente ya comenzó a circular por los despachos de los magistrados. En primer lugar, pasó a la vocalía de Goane, que es el juez preopinante. Luego, y siguiendo el orden de votación, entrará en los despachos de Posse, Carlos Ibáñez, Moisá y Raúl Bejas. Para emitir un fallo hacen falta tres votos en el mismo sentido.
5) Sigue en pie la medida cautelar que impide proclamar ganadores.
Hasta ayer seguía vigente la medida cautelar que detuvo la proclamación de los candidatos electos según el escrutinio provisorio. Fuentes de la Corte indicaron que, en principio, esta medida no será revisada por separado de la sentencia que revisará la invalidez de los comicios decidida por los jueces Ruiz y López Piossek.
Intervendrán en ese estrado los vocales naturales René Goane (decano y, por ende, preopinante) y Daniel Posse, y los camaristas civiles Carlos Ibáñez, Benjamín Moisá y Raúl Bejas. Salvo Goane e Ibáñez, todos los magistrados mencionados fueron nombrados por el gobernador José Alperovich (en el caso de los jueces civiles, previo concurso en el Consejo Asesor de la Magistratura).
Esta integración quedó firme por el rechazo de las recusaciones con causa que había deducido el frente opositor Acuerdo para el Bicentenario (ApB) para separar del caso a Posse y a Moisá. El primero había sido cuestionado por su carácter de hermano del fiscal de Estado, Jorge Posse Ponessa, y de ex funcionario alperovichista. Si bien Daniel Posse se excusaba religiosamente en todos los pleitos que involucraban a la Provincia, en este litigio fue Posse Ponessa quien decidió inhibirse (el abogado Aldo Cerutti actúa en su lugar). Pero los jueces Ibáñez, Moisá y Bejas confirmaron a Posse con la disidencia de Goane, que sostuvo que su par debía apartarse del juicio.
Tampoco tuvo cabida la pretensión de separar a Moisá, que es cuñado del legislador ultrakirchnerista Sisto Terán Nougués. En este supuesto, la recusación con causa fue rechazada por unanimidad (Goane, Posse, Ibáñez y Bejas rubricaron la desestimación).
En cambio, sí se inhibió Edmundo Jiménez, ministro público, y ex ministro de Gobierno y Justicia histórico de esta gestión (horas antes de los comicios, Ruiz y López Piossek habían desplazado a este funcionario de la Junta Electoral por considerar que no ofrecía garantías de imparcialidad). En su lugar actuó Marta Ignacia Jerez de Rivadeneira, fiscala de Cámara, quien este sábado por la tarde dictaminó que las elecciones eran válidas y, por ende, la Corte debía revocar el fallo de la Sala I de al Cámara en lo Contencioso Administrativo. Si bien esta opinión no es vinculante, fuentes del ApB interpretaron que preanunciaba una decisión favorable al oficialismo y anticiparon que ya trabajan en el recurso extraordinario que articularán para que el caso llegue hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Cinco cuestiones esenciales del proceso judicial que mantiene en vilo al país
1) El pedido de “per saltum” del Frente para la Victoria devino abstracto.
El expediente del juicio que inició el Acuerdo para el Bicentenario ingresó a las 2 de la mañana del sábado en la Corte Suprema de Justicia de Tucumán procedente de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Como los jueces otorgaron el recurso de casación, devino abstracto el “per saltum” solicitado por el Frente para la Victoria.
2) Fracasaron los planteos de la oposición contra Posse Moisá.
La Corte desestimó las recusaciones que el Acuerdo para el Bicentenario dedujo para apartar del caso al vocal Daniel Posse (René Goane votó en disidencia) y al juez Benjamín Moisá. El primero fue recusado porque es hermano del fiscal de Estado, Jorge Posse Ponessa, y el segundo, porque es cuñado del legislador Sisto Terán (FpV).
3) El Ministerio Público opinó que hay que revocar el fallo de la Sala I.
La fiscala Marta Ignacia Jerez de Rivadeneira dictaminó que la Corte Suprema debe dejar sin efecto la invalidez de las elecciones que habían dispuesto los camaristas Salvador Ruiz y Ebe López Piossek. Jerez emitió su opinión no vinculante en sustitución del ministro público Edmundo Jiménez, que se excusó.
4) El alto tribunal provincial puede emitir sentencia en cualquier momento.
El expediente ya comenzó a circular por los despachos de los magistrados. En primer lugar, pasó a la vocalía de Goane, que es el juez preopinante. Luego, y siguiendo el orden de votación, entrará en los despachos de Posse, Carlos Ibáñez, Moisá y Raúl Bejas. Para emitir un fallo hacen falta tres votos en el mismo sentido.
5) Sigue en pie la medida cautelar que impide proclamar ganadores.
Hasta ayer seguía vigente la medida cautelar que detuvo la proclamación de los candidatos electos según el escrutinio provisorio. Fuentes de la Corte indicaron que, en principio, esta medida no será revisada por separado de la sentencia que revisará la invalidez de los comicios decidida por los jueces Ruiz y López Piossek.
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