Sin balas y sin víctimas; un histórico logro de la diplomacia

Por Carlos Duguech - Analista internacional

29 Marzo 2016
En el voluminoso libro “Tratados y Documentos Internacionales” editado por Zavalía (2003) cerca del treinta por ciento de sus páginas está referido al mar y a los derechos que se establecieron internacionalmente en relación con ese amplísimo espacio de la superficie terrestre de océanos y mares. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982) en los párrafos iniciales del amplio texto expresa que  reconoce “la conveniencia de establecer por medio de esta Convención, con el debido respeto de la soberanía de todos los estados, un orden jurídico para los mares y océanos que facilite la comunicación internacional y promueva los usos con fines pacíficos de los mares y océanos, la utilización equitativa y eficiente de sus recursos, el estudio, la protección y la preservación del medio marino y la conservación de sus recursos vivos”.

Todo se remonta a los principios incorporados en la resolución 2749 (XXV) del 17 de diciembre de 1970 “en la cual la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró solemnemente, entre tras cosas,  que “la zona de los fondos marinos y oceánicos y sus subsuelos fuera de los límites de la jurisdicción nacional, así como sus recursos, son patrimonio común de la humanidad, cuya exploración y explotación se realizarán en beneficio de toda la humanidad, independientemente de la situación geográfica de los estados”. La zona en negrita del texto la hacemos a propósito para deducir que esa zona, precisamente,  es patrimonio del país ribereño.

A propósito de esta impactante noticia vale citar que la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (Copla), que se desenvuelve en el área de la Cancillería argentina llevó adelante los complejos estudios que el asunto requería. Se comenzó 1998 y nuestro país al igual que todos los países involucrados en la Convención debían notificar sus informes en mayo de 2009. En él se consignaba el reconocimiento del límite exterior de la plataforma continental del territorio argentino, Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y Antártida Argentina.De tal manera, la aprobación unánime de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC) de  Naciones Unidas, integrada por 21 expertos, viene a ratificar los límites argentinos  y reiterada soberanía argentina sobre el Atlántico Sur.

Otros tiempos
Ese “si quieren venir que vengan”, tan enfáticamente pronunciado desde la cúspide del poder ilegítimo de quien ejercía la “presidencia del país”, era una muestra cabal de la irresponsabilidad e ineptitud del general que la pronunció desde la Casa Rosada. Con la invasión de Malvinas del 2 de abril de 1982 Argentina echaba por tierra tanto trabajo diplomático que recaló en la ONU. Ya se había logrado un amplio consenso a favor de las pretensiones de soberanía argentina en el Grupo de los No Alineados (más de 110 países), además del apoyo de otros estados. La propia Resolución 502 (03/04/1982) del Consejo de Seguridad de la ONU, vinculante para los estados miembros (Argentina lo es desde la fundación de la ONU) advertía sobre los riesgos de un enfrentamiento bélico y obligaba a evitarlo. Sin embargo el gobierno militar desoyó esa resolución y fue a una guerra insólita contra un imperio potente.

Esta referencia a esos dolorosos tiempos de la guerra por Malvinas y relacionada con lo que acaba de aprobar la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC) de  Naciones Unidas, tras un paciente estudio de casi veinte años, señala un camino que es el que se debe transitar siempre, frente los delicados asuntos internacionales que rozan la soberanía. Con lo que se ha logrado en la cuestión plataforma continental. Sin balas, sin víctimas.

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