Oficializan las nuevas reglas para andar en moto: cuándo entran en vigencia

El Gobierno nacional publicó las nuevas normas para intentar combatir a los "motochorros".

LA GACETA / FOTO DE JUAN PABLO SANCHEZ NOLI LA GACETA / FOTO DE JUAN PABLO SANCHEZ NOLI
14 Marzo 2017
El Gobierno nacional oficializó hoy los cambios a la Ley Nacional de Tránsito con los que busca profundizar los controles y combatir a los "motochorros", modificaciones que comenzarán a regir el próximo 15 de junio. Esa será la fecha límite para que los motociclistas se adecúen a las normas.

Las medidas, anunciadas la semana pasada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y similares a las que se impulsan en Tucumán, obliga a quienes conducen una moto a tener impresa en el casco la patente del vehículo, y a los acompañantes, a llevar un chaleco reflector con la identificación del dominio tanto en el frente como en el dorso, informó DyN.

"Que la masividad del uso de motovehículos a lo largo del territorio de la Nación, y más allá de la comodidad que proporciona este medio de locomoción, su accesible adquisición y su economicidad, ha facilitado de modo paralelo la concreción de hechos delictivos en la vía pública, altamente reprochables por la sociedad", expresa el Decreto 171/2017, publicado en el Boletín Oficial.

Según la norma, la identificación dominial será adherida en los laterales derecho e izquierdo del casco reglamentario, debiendo ser indeleble e inviolable.

El chaleco del acompañante, en tanto, deberá ser de color amarillo puro, amarillo arena o amarillo naranja en el fondo y tendrá por lo menos dos bandas blancas reflectantes horizontales en la parte superior anterior y posterior de cinco centímetros de ancho y con una separación entre ellas de 14 centímetros, en medio de las cuales llevará impreso en letras y números blancos reflectantes el número de dominio del vehículo.

La norma establece también que en caso de que el acompañante no use chaleco reflectante, "deberá vestir prenda con bandas reflectantes o material combinado, además de llevar adherido o impreso en forma legible el dominio del vehículo que ocupa".

Asimismo, los motociclistas estarán obligados a portar el casco y en su caso, el chaleco con identificación, "al momento del ingreso, egreso y circulación por el interior de las estaciones de servicios, siendo su uso obligatorio a los fines de la carga de combustible".

"Resulta sumamente importante destacar que en la mayoría de los casos se produce la impunidad del delito, debido a la dificultad que se suscita para identificar y aprehender a los delincuentes al momento del atraco ya que, muchas veces, no pueden ser identificados por sus víctimas porque el casco, de uso obligatorio, oculta el rostro del agresor", añade el decreto entre sus argumentos.

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