La Nación evalúa penar a universidades infractoras

Hay instituciones de todo el país que ofrecieron títulos sin haber concluido con los trámites. El director de Gestión Universitaria manifestó que se le ha solicitado a las casas de altos estudios que trabajen corrigiendo estas situaciones. Se analiza caso por caso.

La Nación evalúa penar a universidades infractoras
17 Mayo 2017

El Ministerio de Educación de la Nación insiste en la gravedad que implica la falta de cumplimiento de las normas para obtener el reconocimiento oficial de las carreras universitarias, de grado y de posgrado. Esta situación fue observada en varias universidades del país, tanto públicas como privadas. Por eso, las instituciones fueron notificadas por la Nación para que completen los trámites.

“Me preocupan mucho las carreras del artículo 43, muchas de ellas de universidades privadas que, sin acreditar, dictaron la currícula. Vamos a hacer un trabajo con todas estas universidades que actuaron de mala fe”, señaló Paulo Falcón, director nacional de Gestión Universitaria. El funcionario nacional no descartó que haya sanciones para las universidades infractoras. La resolución ministerial 206 de 1997 establece en el artículo 4: “ninguna institución universitaria habilitada legalmente podrá instrumentar o publicitar ofertas educativas sin haber cumplimentado en su totalidad las exigencias y requisitos que las disposiciones legales impongan”. Ese mismo instrumento legal prevé un mecanismo para la detección de infracciones y los tipos de sanciones que conllevan en cada caso.

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“Nos preocupan los estudiantes y graduados y por eso pedimos a las universidades que trabajen corrigiendo estas situaciones”, mencionó Falcón, que ayer estuvo reunido con los secretarios académicos de todo el país.

En el caso de la carreras de grado comprendidas en el artículo 43 de la Ley de Educación Superior (vinculadas a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público) deben obtener previamente la acreditación de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (Coneau) y luego la resolución ministerial que le otorga validez nacional.

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Las que no están dentro de esta categoría, para recibir la validez nacional deben tener resolución ministerial. En el caso de los posgrados, la ley es muy clara y señala que todos deben acreditar ante Coneau previamente. Sin esto y sin resolución, el título que puede expedir una universidad solo tendrá validez local.

Ahora, el Ministerio a través de la DNGU está analizando caso por caso para ver cómo puede solucionar los inconvenientes. Falcón explicó que en el caso de los títulos que se entregaron antes de que el trámite concluya, entonces se verá si por vía de la excepción se pueden legalizar para darles validez nacional.

“Apelamos a que las universidades, siendo conscientes de las confianza que generan en materia formativa, terminen los trámites”, indicó Falcón.

Ayer, LA GACETA publicó un listado con los posgrados que no cuentan con resolución ministerial en el ámbito de la UNT. Según los propios registros internos de esa universidad, de las 146 carreras de posgrado que se ofrecen, 79 no contaban con esta resolución. La rectora, Alicia Bardón, y los decanos de facultades consultados mencionaron que no todas las carreras citadas en ese documento están en idéntica situación. Algunas no se dictan desde hace años, mientras que otras tienen acreditación de la Coneau y sólo resta la resolución ministerial.

Para conocer si un título tiene validez o no, el Ministerio de Educación de la Nación habilitó una web de consulta (http://titulosoficiales.siu.edu.ar/).

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