La Dirección de Catastro municipal le denegó el certificado de final de obra al edificio de calle Virgen de la Merced 120 (ex sede de LV12) de la empresa Avanco. Según la repartición, hubo violaciones a la ordenanza de excepción (N° 3.915) que le permitía construir bajo ciertos requisitos: conservar la fachada, no sobrepasar los 12 pisos y no construir cocheras subterráneas.
Según consta en el informe municipal, la empresa constructora, propiedad de Rubén Rojkés y del ex gobernador José Jorge Alperovich, se apartó de la ordenanza porque construyó subsuelo y 14 pisos: el 13, terraza con SUM; y el 14, gimnasio con solarium y piscina.
“Aparentemente en ese subsuelo dicen que habría bauleras, pero se tiene la sospecha de que es para cocheras”, amplió la concejal Sandra Manzone.
En 2007, el Concejo Deliberante aprobó una ordenanza de excepción para que la empresa avanzara con la edificación, pero respetara la fachada del inmueble, declarado Componente del Patrimonio Arquitectónico Municipal. “Se autoriza el proyecto de conservación, restauración y revalorización de fachada del antiguo edificio de LV12”, reza el primer artículo de la ordenanza 3.915. A continuación, en la norma municipal se indica que el expediente presentado plantea 12 pisos y la “no realización de cocheras para la preservación original de la fachada”.
En el informe de Catastro, ahora, se recuerda que el intendente tiene la facultad de “ordenar la demolición de parte de la construcción que se encuentre fuera de la normativa”.
A simple vista, la situación con este inmueble tiene semejanzas con lo que sucedió con las torres que la concesionaria León Alperovich construyó sobre avenida Perón, en Yerba Buena. Después de varias idas y vueltas con el municipio que conduce Mariano Campero (Cambiemos), se estableció una multa.
El Tribunal de Faltas de esa ciudad condenó a la constructora a pagar $ 4,6 millones debido a una serie de infracciones al Código de Planeamiento Urbano de esa jurisdicción. Determinaron que la construcción había incurrido en excesos en las alturas e incumplimientos en los retiros reglamentarios pautados.
Fuentes del municipio de la capital explicaron que la empresa puede presentar su descargo, pero que eso no subsana el hecho de que se fue en contra de la norma municipal. La concejala Manzone recordó que al no haber final de obra, entonces, las empresas que deben brindar los servicios básicos de luz, agua y gas tienen prohibido hacer las conexiones.
“Además, rige la ordenanza de no ocupación de los edificios sin certificado final, por lo tanto si ese edificio llegara a ocuparse estaría en abierta violación”, agregó la edil de Cambiemos.
La empresa Avanco SRL defendió su proyecto, en una nota dirigida a LA GACETA. “Debemos decir que la obra de ex LV12 se realizó en cumplimiento de la normativa municipal que declara al inmueble como Componente del Patrimonio Arquitectónico Municipal. En consecuencia se realizó la obra, cumpliendo el mandato de conservar, restaurar y valorizar la fachada del antiguo edificio, lo que implicó un gran desafío técnico, constructivo y económico”, señalaron. “Durante todo el desarrollo de la obra se realizaron las inspecciones técnicas de rutina, sin que en ninguna de ellas se formalizara observación alguna. Ello surge del libro de obra y demás documentación en poder del municipio”, ampliaron.
Sobre los pisos construidos por encima del número 12, dijeron: “Se realizaron las instalaciones permitidas por el artículo 29 de la Ordenanza 2.648/98 (Código de Planeamiento Urbano), consistentes en tanque de agua, sala de máquinas de ascensores, piscina, asadores y solarium, que por cuestiones técnicas se realizaron en distintos niveles”. Aclararon: “la empresa se encuentra realizando los trámites administrativos para y obtener el final de obra”. Y ratificaron que si se constatara “algún proceder arbitrario o irrazonable por parte de la administración municipal, la empresa iniciará las acciones judiciales correspondientes”.