Los abogados del Clan Ale celebraron la libertad de los acusados: “es lógico y justo”

Las querellas de la AFIP y la UIF no emitieron opinión sobre el planteo de los defensores; el ministerio público hizo reserva de recurrir el fallo en la Cámara de Casación. El Tribunal Oral Federal ordenó el cese de la prisión preventiva de los 12 imputados que hasta ayer seguían privados de su libertad.

Los abogados del Clan Ale celebraron la libertad de los acusados: “es lógico y justo”
05 Octubre 2017

“Transcurrida la mayor parte del desarrollo de este juicio, ha desaparecido el peligro de entorpecimiento de la producción de prueba. Y el cumplimiento de la prisión domiciliaria sin haberse producido ningún intento de fuga, sin perjuicio de que ha sido cumplida mediante el sistema de control electrónico, ha hecho desaparecer también ese riesgo. Con lo cual, ha recuperado plena vigencia el derecho de seguir el juicio en libertad, teniendo en cuenta los tiempos de detención que llevan los imputados”. Con estos argumentos, los jueces Alicia María Noli, Domingo José Batule y Gabriel Eduardo Casas dispusieron el cese de la prisión preventiva de los 12 imputados del Clan Ale que permanecían privados de su libertad. En total, son 16 los imputados por asociación ilícita.

Con este fallo, quedaron libres Rubén Eduardo “La Chancha” Ale, Adolfo Ángel “El Mono” Ale, María Jesús Rivero, Fabián Antonio González, Víctor Alberto Suárez, Oscar Roberto Dilascio, Hernán Horacio Lazarte, Ernesto Santos Catulo, César Marcelo Manca, Carlos Rolando Ocampos, Enrique Lorenzo Chanampa y Sergio Francisco Parrado, pese a que el fiscal Pablo Camuña hizo reserva de recurrir el fallo en Casación.

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“Es lo lógico y justo. Se dilató la prisión preventiva en un juicio que no tiene pies ni cabeza. Se fueron desdibujando todos los presupuestos del Juzgado actuante. Estuvieron presos con pruebas atadas con alambre. La presunción de inocencia es un estado jurídico que se le debe reconocer a todas las personas. Ellos fueron considerados culpables cuando las pruebas eran endebles. Llegó tarde, pero llegó”, opinó Cergio Morfil, defensor de “El Mono”.

“Ha sido un acto ajustado a derecho, donde se hizo cumplir la Ley, que establece los derechos de todas las personas privadas de su libertad. Hubo casos con excesos del tiempo de prisión preventiva, porque excedieron los dos años que se dictaron y el año de prórroga. Todos se emocionaron muchísimo ante esta resolución”, advirtió Ernesto Baaclini. abogado de Dilascio.

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Una postura similar evidenció Manuel Pedernera, representante legal de Lazarte. “El Tribunal tomó una decisión valiente, en una causa mediatizada. Se entendió que no hay peligrosidad procesal ni riesgo de que se entorpeciera el final del proceso. No correspondía alargar la detención. Las prórrogas ya se habían vencido. Esto provocó emoción, lágrimas, porque fueron muchos años. Esto permite reintegrarlos a la sociedad, que es lo que corresponde, conforme a derecho”.


Los acusados y los tiempos de detención
============23 TEX Punto por punto 2 (11809616)============
n Rubén Eduardo “La Chancha” Ale - Tres años, nueve meses y 11 días
n María Jesús Rivero - Tres años, nueve meses y 11 días
n Fabián González - Tres años, nueve meses y 11 días
n Adolfo Ángel “El Mono” Ale - Tres años y un día
n Hernán Horacio Lazarte - Tres años y un día
n Ernesto Santos Catulo - Tres años y un día
n César Marcelo Manca -Tres años y un día
n Carlos Rolando Ocampos - Tres años y un día
n Enrique Lorenzo Chanampa - Tres años y un día
n Sergio Francisco Parrado - Dos años y ocho meses 
n Víctor Alberto Suárez - Dos años y seis meses
n Oscar Roberto Dilascio - Un año y ocho meses
n Valeria Bestán - Estaba libre 
n María Florencia Cuño - Estaba libre
n Julia Ester Picone - Estaba libre 
n José Augusto Lucero - Estaba lib

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