El nuevo proceso penal debutará en septiembre, según el presidente de la Corte Suprema

La primera prórroga finalizaba el 1 de abril; Posse dijo que era preferible esperar que comenzar mal porque ello perjudicaría la confianza

EL PRESIDENTE EN SU DESPACHO. Daniel Posse en una fotografía de archivo. la gaceta / foto de josé nuno EL PRESIDENTE EN SU DESPACHO. Daniel Posse en una fotografía de archivo. la gaceta / foto de josé nuno

Un año más tarde que la fecha original de entrada en vigencia: septiembre de 2018 es la nueva meta propuesta por el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, Daniel Posse, para el debut del Código Procesal Penal sancionado en octubre de 2016. Son cinco meses más que los que previó la primera prórroga, que vence el 1 de abril. Aunque los tiempos siguen estirándose, el plazo añadido luce insuficiente para los numerosos preparativos que aún hay que proveer y que no dependen sólo del Poder Judicial (ver “Diez cuestiones pendientes”). Se alarga la espera y se acotan las ambiciones: el artículo 405 del digesto indicaba que este debía entrar en vigor en todo el territorio de la provincia en septiembre de 2017, pero ese mes la Legislatura dispuso que la aplicación progresiva empezara por Concepción y Monteros.

Al evaluar las dificultades que esta empresa supone, Posse se abrazó al fragmento del artículo 405 que supedita la aplicación del código a la decisión de la Corte sobre si están reunidas o no las condiciones necesarias para un adecuado funcionamiento del sistema. “No podemos empezar mal ni con el pie izquierdo porque se afecta la confianza. Todas las jurisdicciones que adoptaron un paradigma parecido coinciden en que es mejor esperar a arrancar de cualquier manera. En Santa Fe, por ejemplo, transcurrieron seis años”, explicó Posse en una conversación sostenida el miércoles. En Tucumán, el camino hacia la reforma comenzó en 2012 mediante el plan piloto para Concepción y Monteros que diseñó el alto tribunal, y que nunca llegó a ser probado porque los poderes políticos exigieron que los cambios fuesen estatuidos por ley. Una comisión especial trabajó durante 834 días corridos hasta que entregó el anteproyecto que la Legislatura sancionó 17 meses atrás.

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Se supone que el nuevo proceso penal es capaz de dar batalla a la impunidad. ¿Cómo? Extendiendo la oralidad y la transparencia a la etapa de la investigación previa al juzgamiento. También mediante el empleo de salidas alternativas al juicio y la desestimación de las denuncias irrelevantes. Tan revolucionario es que establece un plazo perentorio para la sustanciación del proceso: tres años. “En caso de resolver que este ha vencido, el juez dispondrá el sobreseimiento del imputado”, dispone el artículo 120. Si esa cláusula rigiese hoy, caería la mayor parte de los expedientes en trámite.

La ley dio a la Corte el poder de poner en marcha este digesto considerado la solución para un fuero penal colapsado, que en 2015 archivaba 8 de cada 10 causas. La norma creó una comisión de implementación con integrantes de los tres poderes del Estado que nunca funcionó. Entonces, la Corte quedó al mando de una tarea que demanda decisiones que la exceden.

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Después de las paritarias

La reformulación del Ministerio Público demuestra la entidad y sofisticación del quehacer pendiente. A comienzos de 2017, el oficialismo separó la institución que representa los intereses de la sociedad en la Justicia en un órgano para la acusación (Ministerio Público Fiscal) y otro para la defensa (Ministerio Público de la Defensa). La reforma generó polémica porque, al mismo tiempo, la Legislatura independizó a los organismos resultantes de los controles sobre el personal y el presupuesto que ejercía la Corte por mandato constitucional. Pero, en los hechos, el cambio sólo se materializó en ese plano porque el Gobierno nunca nombró al jefe de los defensores públicos.

En definitiva, las funciones divergentes de defender y de acusar siguen unidas. “Analizaremos este tema después de las paritarias”, prometió Regino Amado, ministro de Gobierno y Justicia. Ello podría suceder esta semana. El ministro público de la Defensa ha de ser asimilado a un vocal de Corte al menos en términos salariales. Varios nombres suenan para este cargo. Entre ellos, los del fiscal Washington Navarro Dávila; el funcionario judicial Luis Acosta; el ex secretario de Seguridad, Paul Hofer, y Federico Nazur, subinterventor de la Caja Popular de Ahorros.

El nombramiento del jefe de los defensores públicos debe recibir el visto bueno de la Legislatura, que por su parte ha de sancionar una serie de leyes complementarias. Marcelo Caponio, el legislador oficialista que dirigió la redacción del nuevo código, explicó que algunos proyectos están en condiciones de ir al recinto, pero que aún falta el visto bueno de la Corte. Se trata de iniciativas muy delicadas porque modifican las competencias de los jueces penales y les quitan el manejo del personal, y establecen qué sucederá con el universo de causas en trámite.

Este terremoto institucional sucede en simultáneo con una coyuntura signada por la escasez de magistrados y la irrupción del juez provisorio externo. También con un brote de inseguridad que acorrala aún más a la órbita judicial encargada de perseguir y sancionar a los autores de delitos, degradación que, en lugar de acelerar el paso hacia el modelo más transparente, sigue generando parches en el antiguo, que es el que, con sus oscuridades, produjo la frustración del presente.

DIEZ CUESTIONES PENDIENTES
Quedan cinco meses para CUBRIR las necesidades que plantea el DIGESTO DE 2016
1) JUECES  
No sólo hay que llenar los cargos vacantes sino también los despachos nuevos -como las fiscalías regionales encargadas de investigar a los funcionarios con fueros-, actividad que depende del Consejo Asesor de la Magistratura, del Poder Ejecutivo y de la Legislatura. Mientras tanto, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán solicitó la cobertura provisoria de todos los puestos del fuero penal. Los primeros subrogantes externos desembarcarían en tres defensorías públicas de Concepción. 
2) LEYES  
La Legislatura adeuda las normas relativas a la reorganización de los jueces; a la creación de los órganos que deben gestionar las audiencias y al esquema de conclusión de las causas en trámite. Todos los temas son importantes, pero el primero es fundamental porque el Código Procesal Penal remozado crea un estrado nuevo, el Tribunal de Impugnación, y aún no está definido si los camaristas de Apelaciones en funciones y futuros podrán integrarlo, o si será menester convocar concursos específicos. 
3) EDIFICIOS  
La situación es crítica especialmente en Concepción. Sucede que el digesto reemplaza el papel por la oralidad y ello exige crear recintos apropiados para sustanciar las audiencias. Las obras en marcha obligaron a trasladar juzgados civiles, medida que ocasionó trastornos en el foro.
4) DEFENSA  
El nuevo código plantea la igualdad de armas entre atacantes (fiscales) y defensores. Ello exige fortalecer la defensa que provee el Estado: a partir de esta necesidad, la Legislatura dividió hace un año el Ministerio Público y lo independizó de la Corte. Pero, en los hechos, todo siguió igual puesto que el Poder Ejecutivo aún no designó al jefe de los defensores públicos.  
5) EQUIPAMIENTO 
El sistema fundado en la audiencia demanda equipos de videograbación y programas informáticos con las condiciones de seguridad apropiadas. Se trata de una tecnología que el Poder Judicial debe adquirir e instalar.
6) CAPACITACIÓN 
La concientización de magistrados y funcionarios judiciales sobre los cambios procesales comenzó este mes, y está a cargo del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales. La Corte abona            $ 50.000 mensuales por los servicios de diagnóstico y consultoría técnica que presta esta institución, según la Acordada 1.306/17. 
7) POLICÍA JUDICIAL 
El nuevo código explicita que la Policía de Investigaciones Judiciales, de carácter técnico, será auxiliar del Ministerio Público Fiscal. El artículo 99 estipula que una ley especial debe organizar este órgano.
8) PROTECCIÓN DE TESTIGOS 
Hay una ley y un reglamento, pero el régimen instituido en 2006 no funciona por falta de fondos. 
9) VÍCTIMAS 
El nuevo código concede numerosos derechos a quienes padecen los delitos, pero no hay órganos encargados de atender a las víctimas en Concepción y Monteros.
10) CÁRCELES 
El digesto prohíbe expresamente alojar a personas privadas de libertad en lugares no habilitados y estatuye numerosas condiciones de detención que están lejos de la realidad de las cárceles del sur.
DIEZ CUESTIONES PENDIENTES
Quedan cinco meses para cubrir las necesidades que plantea el digesto de 2016


1) JUECES  
No sólo hay que llenar los cargos vacantes sino también los despachos nuevos -como las fiscalías regionales encargadas de investigar a los funcionarios con fueros-, actividad que depende del Consejo Asesor de la Magistratura, del Poder Ejecutivo y de la Legislatura. Mientras tanto, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán solicitó la cobertura provisoria de todos los puestos del fuero penal. Los primeros subrogantes externos desembarcarían en tres defensorías públicas de Concepción. 

2) LEYES  
La Legislatura adeuda las normas relativas a la reorganización de los jueces; a la creación de los órganos que deben gestionar las audiencias y al esquema de conclusión de las causas en trámite. Todos los temas son importantes, pero el primero es fundamental porque el Código Procesal Penal remozado crea un estrado nuevo, el Tribunal de Impugnación, y aún no está definido si los camaristas de Apelaciones en funciones y futuros podrán integrarlo, o si será menester convocar concursos específicos. 

3) EDIFICIOS  
La situación es crítica especialmente en Concepción. Sucede que el digesto reemplaza el papel por la oralidad y ello exige crear recintos apropiados para sustanciar las audiencias. Las obras en marcha obligaron a trasladar juzgados civiles, medida que ocasionó trastornos en el foro.

4) DEFENSA  
El nuevo código plantea la igualdad de armas entre atacantes (fiscales) y defensores. Ello exige fortalecer la defensa que provee el Estado: a partir de esta necesidad, la Legislatura dividió hace un año el Ministerio Público y lo independizó de la Corte. Pero, en los hechos, todo siguió igual puesto que el Poder Ejecutivo aún no designó al jefe de los defensores públicos.  

5) EQUIPAMIENTO 
El sistema fundado en la audiencia demanda equipos de videograbación y programas informáticos con las condiciones de seguridad apropiadas. Se trata de una tecnología que el Poder Judicial debe adquirir e instalar.

6) CAPACITACIÓN 
La concientización de magistrados y funcionarios judiciales sobre los cambios procesales comenzó este mes, y está a cargo del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales. La Corte abona            $ 50.000 mensuales por los servicios de diagnóstico y consultoría técnica que presta esta institución, según la Acordada 1.306/17. 

7) POLICÍA JUDICIAL 
El nuevo código explicita que la Policía de Investigaciones Judiciales, de carácter técnico, será auxiliar del Ministerio Público Fiscal. El artículo 99 estipula que una ley especial debe organizar este órgano.

8) PROTECCIÓN DE TESTIGOS 
Hay una ley y un reglamento, pero el régimen instituido en 2006 no funciona por falta de fondos. 

9) VÍCTIMAS 
El nuevo código concede numerosos derechos a quienes padecen los delitos, pero no hay órganos encargados de atender a las víctimas en Concepción y Monteros.

10) CÁRCELES 
El digesto prohíbe expresamente alojar a personas privadas de libertad en lugares no habilitados y estatuye numerosas condiciones de detención que están lejos de la realidad de las cárceles del sur.

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