La AFIP aplicará sanciones a los comerciantes que no se sumen al pago obligatorio con tarjeta

Los negocios podrán ser clausurados hasta 6 días si no cumplen con la normativa. Aseguran que los más reacios a cumplir con esta nueva disposición son los profesionales. También habrá “visitas amigables”

NORMATIVA. La obligatoriedad del uso del posnet incluye a aquellos que venden productos o presten servicios. NORMATIVA. La obligatoriedad del uso del posnet incluye a aquellos que venden productos o presten servicios.
07 Abril 2018

La AFIP anunció que generalizará los controles para certificar la instalación de los POS (por las siglas en inglés de punto de venta) que permite el pago con tarjetas de débito automático y recordó que podrá sancionar a los que no cumplan con la norma con hasta 6 días de clausura.

El 31 de marzo pasado venció el plazo final para que tanto comercios como prestadores de servicios que trabajan con los consumidores finales adquieran los pos, un sistema que permite el pago a través de tarjetas de débito. A partir del 1° de abril todos los que trabajan con consumidores finales están obligados a ofrecer este sistema de pago.

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Esta obligatoriedad incluye a aquellos que venden productos, presten servicios o realicen locaciones de obras. “Todos aquellos que efectúan transacciones con consumidores finales”, indicó a Sergio Rufail, subdirector general de Servicios al Contribuyente de la AFIP.

La sanción, que aclaró puede ser de entre 2 y 6 días, puede alcanzar “no sólo a quien no tenga el pos sino también a quien teniéndolo no lo use, lo que puede indicar otro tipo de operaciones que no están permitidas”, señaló, en referencia a pagos realizados de manera informal.

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“A la fecha la AFIP tiene registrados más de un millón de pos instalados. Cuando comenzó el programa, hace más de un año, había más de 400.000 instalados y desde entonces se incorporaron 650.000”, precisó Rufail.

Indicó que los profesionales son los más reacios a cumplir con esta obligación y detalló que el pos es el medio de pago mientras que la factura es la documentación de la operación, “son dos cosas distintas y complementarias”. “Un profesional puede facturar y cobrar en efectivo, o facturar y cobrar con pos. Lo que manda acá es el derecho del consumidor a pagar con tarjeta de débito. Eso es a lo que obliga la ley porque el consumidor tiene derecho a elegir el medio de pago”, dijo Rufail y aclaró que la ley sólo obliga a la tarjeta de débito, no así a las de créditos o las billeteras electrónicas.

Los artefactos móviles

Hay dos empresas que brindan el servicio de pos, Lapos y FirstData (de Visa y Mastercard respectivamente) pero también las entidades concentradoras de pago y algunos bancos tienen una solución de pos móvil.

“Vamos a trabajar con toda la información que tenemos para seleccionar los casos en los que sabemos que ese contribuyente no está cumpliendo con la obligación”, dijo. Y aclaró que la AFIP sabe quién tiene instalado el pos, quiénes, teniéndolo instalado, no lo usan, y quiénes no reciben tarjeta de débito como medio de pago. El funcionario indicó que si la AFIP sólo registra un indicio de incumplimiento la primera acción será inductiva, “una visita amigable, se le va a a dar información y se le va a decir cuáles son las opciones que tiene para colocar el pos”, señaló.

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