Ceder rentabilidad o bajar las ventas, el dilema del comercio

EN JAQUE. La carga tributaria es una mochila muy pesada, no sólo para los empresarios, sino para los usuarios. EN JAQUE. La carga tributaria es una mochila muy pesada, no sólo para los empresarios, sino para los usuarios.
26 Agosto 2018

Los embates impositivos tienen un efecto cascada. Si el mayorista observa que los tributos inciden en el costo final, lo trasladarán al siguiente eslabón de la cadena: el comerciante. A su vez, éstos últimos también tendrán un dilema: si trasladan a costo esa mayor carga fiscal, es probable que caigan las ventas. Pero, además, su rentabilidad está comprimida por el aumento, a su vez, de las tarifas. Entonces, el peso recae en el último eslabón de aquella cadena: el consumidor. Sucede con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), una carga que en más de una oportunidad se proyectó bajarla del 21% para los productos de la canasta familiar, pero este año aún más con el impuesto sobre los Ingresos Brutos. Esto es porque, en noviembre pasado, el Gobierno nacional y la mayoría de las provincias firmaron el Consenso Fiscal que, entre otros puntos, estableció una reducción paulatina de ese impuesto local a partir de 2019.

Frente a esa circunstancia, una decena provincias ha decidido subir las alícuotas a la actividad, al 5%, porque le quedaba cierto margen para hacerlo, de acuerdo con un informe elaborado por el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf). Y, a partir de ese techo, iniciar el proceso de reducción. En buen romance, esto ha significado un incremento adicional en la recaudación de las provincias, en la que Ingresos Brutos participa con más del 70% de los ingresos por cobro de impuestos provinciales. En el caso tucumano, el comercio y los servicios pasaron de tributar con una alícuota del 3,5% al 5%.

Agustín Zeppa, de la comisión de Impuestos de la Federación Económica de Tucumán (FET), reconoce que, en general, el comercio hace frente a esa mayor carga tributaria con su rentabilidad ya que, con la recesión en puerta, no encuentra otra forma de amortiguar el golpe fiscal más que con esa decisión, ya que sino no vende. “Pero tanto o más grave es el esquema de recaudación anticipada que genera eternos saldos a favor del contribuyente”, advierte el tributarista. “Este sistema tiene que ser analizado por la Dirección de Rentas o el Ministerio de Economía porque su vigencia no hace más que trasladar la riqueza de los particulares al fisco, sin pago de intereses”, sugiere Zeppa. Además, una vez que el contribuyente recupera aquel saldo a favor por recaudación anticipada, su valor será inferior al momento de la retención por la inflación reinante.

En el sector comercial tucumano se pone como ejemplo la situación de una actividad en particular que, por el aumento de las alícuotas en Ingresos Brutos, vigentes desde este año, ha pasado de tener una utilidad relativamente elevada a una pérdida millonaria porque no puede trasladar a precios el mayor costo fiscal. Esa situación se ventila en esferas judiciales y es tomada en referencia por otros rubros también alcanzados por las subas de alícuotas.

Para comparar la carga tributaria de los años 2017 y 2019, el Iaraf mantiene el supuesto que aquellas jurisdicciones que se encuentran por encima del máximo establecido en el Consenso para el año fiscal 2019 van a llevar su carga tributaria hasta el límite del 5%, mientras que las restantes mantendrán sus alícuotas máximas finales idénticas a las vigentes en 2018.

De esta manera se aprecia que son 10 las provincias que en 2017 gravaban al comercio con una alícuota máxima menor que la que tributarían el próximo año. Salta, por ejemplo, gravaba al sector con una alícuota del 3,6% y ahora lo hace con una del 5%. Ese el mismo caso que Tucumán. En el otro extremo, de no surgir otras provincias que bajen la alícuota máxima en 2019, Córdoba sería la única provincia que bajaría la alícuota máxima entre 2017 y 2019, dado el cumplimiento del Consenso, indica el informe elaborado por el instituto que dirige el economista Nadin Argañaraz.

Del análisis de alícuotas máximas, surge que las provincias de Córdoba y Neuquén son las únicas jurisdicciones que superan el límite del 5% planteado por el consenso para el próximo año. En efecto, según el Iaraf, deberían readecuar la carga tributaria que recae sobre la actividad comercial de manera de cumplir con los lineamientos establecidos en el Pacto Fiscal. Córdoba deberá disminuir un 12% la alícuota final, mientras que Neuquén deberá hacerlo en un 23%.

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