Un ex funcionario alperovichista deberá devolver poco más de $ 820.000 al Estado, según lo dispuesto por el Tribunal de Cuentas de la Provincia (TC).
Se trata de Rafael Pirlo, ex subinterventor del Instituto Provincial de Acción Cooperativa y Mutual (Ipacym). La investigación del órgano de control se centra en este caso en el período febrero/octubre de 2015, cuando Pirlo estaba a cargo del Servicio Administrativo Financiero del Ipacym.
Mediante el Acuerdo N° 501, firmado el 8 de este mes por las autoridades del TC, se declaró patrimonialmente responsable a Pirlo por la falta de regularización de un comprobante de observación. Así, le formularon un cargo fiscal por $ 820.260; y se aclara: "monto que deberá ser actualizado hasta la fecha de su efectivo pago". Además, se envían las actuaciones al Departamento Judicial para que ejecute la cobranza.
La pesquisa
En 2017, a través del acuerdo 1.237, el Tribunal de Cuentas había resuelto que se iniciara un sumario de cuentas en esa repartición por la falta de regularización de comprobantes, que totalizaban esos $ 820.000.
Lo que había llamado la atención de los contadores fiscales no había sido precisamente el saldo pendiente. Cuando el TC procedió a constatar la autenticidad de las facturas presentadas en las rendiciones, detectó que en muchos casos esas documentaciones eran “apócrifas y desconocidas por los proveedores”. El Tribunal de Cuentas había consignado que, entre las empresas a las que se les habría falseado la confección de facturas, figuran “Tu Librería”, “Transportes Chávez”, “Transportes Adela” y “Transportes El Nene”.
Después de la firma de ese Acuerdo, el ex funcionario Pirlo tuvo tiempo de responder las inquietudes del ente de control. Sin embargo, el TC rechazó sus réplicas. "Las consideraciones formuladas resultan absolutamente inidóneas técnicas y jurídicamente (...) no desvirtúa en modo alguno las conclusiones formuladas por la Instrucción, y la instrumental probatoria de la responsabilidad del imputado por omisión en la rendición de cuentas de origen. Está fehacientemente determinada la obligación del imputado de rendir cuentas de las operaciones detalladas, como asimismo la no regularización de ésta durante todo el desarrollo de los procedimientos aludidos, habiéndose intimado, citado a comparecer, y ofrecer pruebas, todo esto último con resultado negativo", se lee en el nuevo Acuerdo.
Además, el TC habló de maniobras dilatorias de Pirlo. "Su pretensión de solicitar una pericia caligráfica sobre la documentación resulta sin incidencia alguna en la decisión de fondo, ya que en razón de la naturaleza del juicio está debidamente acreditado que no se regularizó la rendición de cuentas en cuestión, y que obviamente este intento del imputado meramente dilatorio e incongruente dado que no hace a la esencia del juicio, evidencia una circunstancia que por su naturaleza debe ser tratada en el ámbito judicial penal", se añalde.