La Corte delibera sobre si el Gobierno cumplió o no sus órdenes para revertir la crisis carcelaria

Posse, presidente del alto tribunal, suspendió la audiencia prevista para hoy donde los funcionarios iban a informar de manera pública sobre avances concretos y planes de acción para atender la situación de los presos hasta 2020. Un planteo del Ejecutivo cambió el curso de los acontecimientos.

EL ALTO TRIBUNAL DEL HÁBEAS CORPUS CORRECTIVO. Los vocales Antonio Estofán, Daniel Posse (presidente) y Claudia Sbdar en un acto protocolar reciente.  la gaceta / foto de franco vera EL ALTO TRIBUNAL DEL HÁBEAS CORPUS CORRECTIVO. Los vocales Antonio Estofán, Daniel Posse (presidente) y Claudia Sbdar en un acto protocolar reciente. la gaceta / foto de franco vera

La decisión del Poder Ejecutivo de cuestionar el proceso judicial abierto en 2015 por las falencias de las unidades penitenciarias y de las comisarías dio resultados, al menos en lo inmediato. Seis días después de recibir este planteo, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán optó por levantar la primera audiencia pública informativa relativa a la crisis carcelaria que había programado para hoy. El presidente Daniel Posse firmó el decreto de suspensión alrededor de las 13. En cuatro líneas, pasó a resolución la presentación del Gobierno que sostiene que la permanencia del hábeas corpus implica una intromisión indebida de la Justicia en la esfera de los demás poderes del Estado. Es el proceder que este domingo habían sugerido Diego López Ávila y Adriana Giannoni, los fiscales que promovieron el hábeas corpus correctivo (se informa por separado).

La Corte integrada por los vocales Posse, Antonio Estofán y Claudia Sbdar debe definir si el Poder Ejecutivo de Juan Manzur cumplió las órdenes que le había impartido en forma previa, en una serie de pronunciamientos. Esa deliberación ya está en marcha, pero este lunes parecía que la decisión no iba a ser inmediata. Por el contrario, en la Corte había un clima más proclive a pisar la pelota, y a reflexionar con atención acerca de los detalles “procesales”, y de los costos y beneficios de los distintos caminos posibles. La elaboración de una definición de este tipo podría insumir varias semanas.

En el alto tribunal barajan que el eventual rechazo al planteo disparará un recurso extraordinario para involucrar en el conflicto a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Hasta una semana antes de la audiencia pública fijada el 17 de diciembre, el Gobierno había consentido los fallos que exponían los déficits del sistema carcelario a su cargo, incluido el fallo del 11 de diciembre donde la Corte de Tucumán afirmó que había empeorado la situación de los ciudadanos privados de la libertad y que continuaban los incumplimientos por parte del Estado.

Por el contrario, la clausura del hábeas corpus implicaría convalidar la idea de que está agotado y de que ir más allá supone una transgresión a la división de poderes, como expresó Eleonora Rodríguez Campos, fiscala de Estado, en la presentación del 12 de febrero. Si la Corte hace suya esa tesitura, no sólo caerá el proceso, sino también la pretensión de exponer en forma pública la información suministrada por los funcionarios de Manzur. Hasta este lunes había alrededor de 60 ciudadanos inscriptos para asistir a la audiencia en el Palacio de Justicia, acontecimiento que también generó interés afuera de la provincia. Dos legisladores opositores, Eudoro Aráoz y José María Canelada, lamentaron por separado la suspensión del acto, y manifestaron que el Gobierno debe rendir cuentas ante la Justicia y que esta no puede someterse a la presión del oficialismo (se informa por aparte).

Si los vocales Posse, Estofán y Sbdar no llegaran a ponerse de acuerdo, el alto tribunal ha de ser integrado por jueces inferiores dado que Daniel Leiva no interviene en este juicio por haber sido fiscal de Estado hasta el mes pasado. El vocal decano René Goane tampoco sería de la partida puesto que goza de licencia por razones de salud hasta el 1 de marzo inclusive. Los distintos fallos de la serie del hábeas corpus fueron adoptados con los votos de Posse, Estofán, Sbdar, Goane y Antonio Gandur, quien falleció el 29 de diciembre.

Visiones encontradas

En sus distintas intervenciones, el alto tribunal detectó fallas en cárceles y comisarías; emitió órdenes y exhortaciones; otorgó plazos al Poder Ejecutivo, y llamó a audiencias a puertas cerradas. En la última resolución y ante el fracaso de la reunión prevista para el 17 de diciembre por la ausencia de Claudio Maley, ministro de Seguridad, los vocales Posse, Goane, Gandur, Estofán y Sbdar convocaron la audiencia pública informativa suspendida este lunes.

En el último fallo, la Corte describió circunstancias alarmantes y tomó un conjunto de medidas: la más relevante de todas es la que incita al Poder Ejecutivo a presentar “finalmente” el plan integral exigido desde 2016. Ese programa debe incluir “referencias precisas y medibles”; la identificación de los funcionarios responsables y un cronograma de tareas con proyección a 2020. El Estado ha de precisar qué hará para aumentar las plazas de prisión para los próximos dos años; adecuar la permanencia de detenidos en comisarías; incrementar el número de guardias penitenciarios y de mecanismos de control; sanear los problemas de higiene, agua y sistema eléctrico; brindar servicios médicos, etcétera. “Hasta hoy, en resumen, existe una ausencia de acciones efectivas sobre los puntos que motivaron el hábeas corpus y han sido incumplidos sucesivamente compromisos asumidos con esta Corte”, dijeron los vocales.

Dos meses más tarde, la Fiscalía de Estado indicó al alto tribunal que había observado todas las órdenes y que sólo restaba concluir las obras en marcha. “La continuación de este hábeas corpus ha traspasado la lógica y los límites propios de un proceso para convertirse en un instrumento de control y de permanente rendición de cuentas que estableció el Poder Judicial sobre el Ejecutivo”, planteó Rodríguez Campos en una presentación que obtuvo el respaldo de un abogado de la Legislatura e incluyó un gran volumen de información. Entre los documentos agregados al caso que la Corte ha de considerar consta un informe de la secretaria de Derechos Humanos de la Provincia, Érica Brunotto, que advierte que las comisarías siguen colapsadas porque hay 607 ciudadanos privados de libertad en instalaciones policiales preparadas para recibir a 296. Brunotto añadió que en algunas comisarías había más de 25 presos por letrina y que la higiene era el aspecto más crítico de las condiciones de detención observadas en la provincia.

Cronología básica del expediente

1. A mediados de 2015 y al término del Gobierno de José Alperovich, los fiscales Giannoni y López Ávila promovieron el hábeas corpus.

2. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán emitió una serie de fallos tendientes a revertir la crisis carcelaria.

3. En diciembre, el alto tribunal dijo que las condiciones de detención empeoraron y llamó a la primera audiencia pública.

4. Una semana antes de la audiencia, el Poder Ejecutivo planteó que había cumplido todas las órdenes y que el proceso estaba agotado.

5. Un abogado de la Legislatura respaldó al Gobierno en cuanto a que la permanencia del hábeas corpus violaba la división de poderes.

6. A los efectos de resolver el planteo oficialista y luego de correr traslado a los fiscales, la Corte suspendió ayer la audiencia pública

Detenidos en comisarías: hacinamiento y policías afectados a custodia

Uno de los aspectos que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán enfatizó durante el trámite del hábeas corpus correctivo es que el alojamiento de presos en comisarías no sólo había desnaturalizado la función de estas dependencias policiales sino que también repercutía en la rutina de los agentes, que estaban obligados a dedicar cada vez más tiempo a la custodia en desmedro de sus labores propias de prevención. “En las unidades penitenciarias existen exactamente 1.173 plazas, es decir, que un poco más de 500 presos en forma preventiva ‘fluctúan’ en comisarías. Esto no sólo viola las normas sino que, como pudo observarse, ninguna de las comisarías de la provincia -con excepción de la primera- ofrecen condiciones edilicias adecuadas para alojar a personas por una simple demora, mucho menos por un tiempo prolongado”, dijo la Corte en el fallo del 3 de noviembre de 2016.

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