Rechazaron transmitir en vivo la indagatoria de Cristina Fernández en la causa de la obra pública

El juez explicó que el objetivo es "preservar la autenticidad de los dichos de los testigos".

Rechazaron transmitir en vivo la indagatoria de Cristina Fernández en la causa de la obra pública LA GACETA (ARCHIVO).
29 Noviembre 2019

El Tribunal Oral Federal (TOF) 2 rechazó hoy autorizar la transmisión en vivo de la declaración indagatoria de la vicepresidenta electa Cristina Fernández, prevista para el lunes a las 9.30 en el marco del juicio en el que se investiga el supuesto direccionamiento de los contratos de obra pública vial durante el gobierno kirchnerista, informaron fuentes judiciales.

La decisión fue tomada por una mayoría compuesta por los jueces Jorge Gorini y Andrés Basso, que sostuvieron que la defensa de la ex mandataria no había presentado argumentos "novedosos" como para revertir la decisión adoptada por el tribunal antes del inicio del juicio que excluía la posibilidad de transmitir en vivo las indagatorias.

Por su parte, el juez Rodrigo Giménez Uriburu se pronunció, en minoría, por aceptar la petición de la defensa de la ex presidenta dado que las limitaciones a la difusión establecidas antes del inicio del debate oral habrían sido superadas por la cobertura periodística que se hizo del mismo.

"Entendemos que no existen ni se invocan razones novedosas que permitan conmover nuestra primigenia decisión, debiendo estarse en un todo a lo resuelto el pasado 9 de mayo, sin perjuicio de asegurarle a la parte una copia del registro audiovisual de lo acontecido en la jornada próxima, a los fines que estime pertinentes", sostuvieron los jueces Basso y Gorini.

Los magistrados que conformaron la mayoría recordaron que antes del inicio del juicio se había establecido que solo se permitiría la transmisión en vivo del inicio del juicio, la discusión final y la lectura de la sentencia en su parte dispositiva y fundamentos.

Ante el pedido del abogado Carlos Beraldi, abogado de la vicepresidenta electa, los jueces remarcaron que "el principio procesal de publicidad de determinadas etapas del debate no es equivalente a transmisión en vivo del mismo, sino que se satisface mediante el aseguramiento de la debida y correcta difusión de cuanto ocurra en el juicio preservando el buen orden en el desarrollo de la audiencia".

Por su parte, el juez Giménez Uriburu remarcó que la disposición adoptada antes del inicio del debate tenía "como objetivo preservar la autenticidad de los dichos de los testigos" y evitar que pudiera ser contaminada por la difusión del debate que, de todas formas, tuvo una amplia cobertura en los medios escritos y audiovisuales de comunicación.

"Si en el caso que nos ocupa tenemos en cuenta que se trata además de la declaración de quien revistiera el cargo de ex Presidenta de la Nación actualmente vicepresidenta electa a poco de asumir su cargo resulta sencillo pronosticar que todo lo concerniente a su acto de defensa tendrá una aún más amplia propagación que aquellos que involucrara a sus consortes de causa, lo que demuestra palpablemente que la protección que ha pretendido este tribunal respecto a la autenticidad de los futuros testigos, en este caso ha quedado inoperante y que debe prevalecer entonces el principio de publicidad del proceso como condición fundamental de legitimidad de la administración de justicia", sostuvo el juez que votó en minoría.

En el juicio se debaten supuestos delitos en la adjudicación de obra pública vial en Santa Cruz a la empresa Austral Construcciones, de Lázaro Báez, y el presunto pago de sobreprecios e incumplimientos en la construcción.

Además de la ex presidenta y el empresario, también son juzgados los detenidos ex ministro de Planificación Julio De Vido y el ex secretario de Obras Públicas José López, entre otros ex funcionarios. (Télam)

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