¿Cómo impactará la nueva Ley de Alquileres en Tucumán?

El proyecto fue sancionado por el Congreso, pero falta la promulgación y reglamentación.

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18 Junio 2020

Todavía faltan algunos trámites para que la nueva "Ley de Alquileres" entre en vigencia. Sin embargo, propietarios, inquilinos y corredores inmobiliarios están expectantes por cómo podría impactar la normativa en sus bolsillos, en la relación con las demás partes y en su vida cotidiana.

El texto definitivo fue aprobado sin modificaciones el jueves pasado por el Senado de la Nación, convalidando lo tratado por Diputados. Así, ahora resta que el presidente Alberto Fernández promulgue la norma. Y una vez que se lleve a cabo este paso, sólo tendrá validez para los acuerdos que celebren con posterioridad a su entrada en vigencia.

¿Qué cambiará en Tucumán una vez que la nueva "Ley de Alquileres" comience a regir?

LA GACETA le planteó ese interrogante al presidente del Colegio de Corredores Inmobiliarios de Tucumán, Fernando Guzmán. El profesional aclaró que si bien hay algunos aspectos que se conocerán en detalle con la reglamentación y las disposiciones complementarias de la normativa, locadores y locatarios de esta provincia ya están pendientes de lo que pueda ocurrir.

"Lo primero que debemos tener en cuenta es que esta ley nacional abarca muchos problemas específicos de Buenos Aires. Hay algunos puntos de la modificación que prácticamente no afectará a Tucumán, como el tema de las expensas extraordinarias o de las garantías", advirtió en un primer punto.

Notificaciones vía e-mail

A continuación, aludió a los aspectos de la norma relativos al trato entre las partes. "Se abre la posibilidad de notificación entre las partes por vía e-mail. Ante una emergencia, el plazo de respuesta del propietario es de 24 horas, y si no hay urgencia, de 10 días. Son tecnicismos, pero sin dudas genera menores costos y favorece la relación (entre propietarios e inquilinos)", destacó.

Contratos indexados

Uno de los puntos clave de la nueva legislación está referido a los valores de los alquileres. En ese sentido, Guzmán remarcó que ahora estarán sujetos a la dinámica de la economía en general. “Ahora se permite indexar los contratos, siguiendo un coeficiente que da el Banco Central, relacionado en el 50% al sueldo y en el 50% a la inflación. Ahora, al incorporarse el índice de inflación, se va a depender en gran parte de la gestión del Estado nacional en cuanto a los costos anuales, ya que eso afectará a su vez los alquileres", indicó.

En ese sentido, aclaró que si el año pasado los alquileres se hubiesen actualizado con este mecanismo, "deberían haber aumentado más de lo que subió en realidad, porque la inflación fue muy alta".

Duración de los contratos

"Otro punto a tener en cuenta será la duración de los contratos. Antes eran de dos años para vivienda, y el inquilino es quien corre con los costos del Impuesto al Sello. Ahora los contratos serán por tres años, por lo que el valor (a abonar en Rentas) será más alto", detalló Guzmán. Explicó que esto puede tener una repercusión desfavorable. "Las partes pueden terminar resolviendo no efectuar el sellado, y eso al final es más problemático", añadió el corredor inmobiliario.

Responsabilidad para el propietario

"También es nueva la disposición que exige al propietario la declaración del contrato ante AFIP. Para ello hay que inscribirse, y tiene un costo. Hay que ver si el pago de esa declaración se traslada o no, quién lo termina afrontando", señaló Guzmán, a partir de su experiencia en el rubro.

Rescisión sin cargo

Una de las novedades a favor de los intereses de los inquilinos es la posibilidad de rescindir de manera anticipada los contratos, sin cargo extra. “Si se da aviso al propietario con tres meses de anticipación, a partir del sexto mes, se puede finalizar el vínculo sin pagar la indemnización", explicó el titular del Colegio de Corredores. Otra alternativa contemplada en la nueva norma apunta a la etapa final del vínculo. "Si al inquilino le faltan tres meses para terminar el contrato, le puede pedir las condiciones del próximo acuerdo al propietario. En caso de que no reciba respuestas, puede rescindir en ese momento sin cargo", añadió Guzmán.

Depósito de garantías

Cuando se acuerda un alquiler, el inquilino le abona al propietario del inmueble un depósito de garantías. "Ese dinero se devuelve al final del contrato si el inmueble es entregado en las condiciones acordadas. Pero venía siendo el mismo monto que el pagado, es decir, el valor del primer alquiler. Ahora, el depósito también se va a actualizar, ya que será el monto del último mes de alquiler", explicó el corredor.

Certificación

Guzmán destacó que la nueva norma "nos da un reconocimiento a los profesionales". "Los únicos que podemos percibir honorarios por la intermediación en el rubro de alquileres somos los corredores inmobiliarios", aseveró.

Expectativa

El referente del sector en Tucumán valoró la inclusión de un plan nacional en la norma, aunque aclaró que su éxito dependerá de las políticas estatales. “Se denomina 'Programa de Alquileres Sociales'. Por el momento, es un anhelo, hay que ver cómo lo formaliza el Estado. El objetivo es generar desde el ámbito público viviendas destinadas para alquileres, además de un lugar de mediación gratuita o a bajo costo para las partes", remarcó.

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