Reflexiones sobre el nuevo Código

19 Septiembre 2020

Los fiscales, más protagonistas que nunca.- Mario Velázquez, juez penal de Monteros, ofreció sus perspectivas acerca del nuevo Código Procesal Penal (2016) en vigor en toda la provincia desde el 1 de septiembre en la entrevista en la que manifestó que la seguridad es responsabilidad del Gobierno (se informa por separado). “La reforma implica que el 99% del desarrollo del proceso descansa sobre el Ministerio Público Fiscal porque aparecen todas las salidas alternativas al juicio oral y público. ¿Qué hace falta? Que la institución a cargo de Edmundo Jiménez defina la política criminal, por ejemplo, para todos los hurtos que sucedan en la provincia. Esto es importante porque el imputado puede solicitar al fiscal la aplicación de un criterio de oportunidad fundado en esa política. Ahora bien, no debe haber zigzagueos ni cambios de posturas: el principio de la buena fe procesal exige que haya una posición general. Es un tema neurálgico y Jiménez no ha dado definiciones al respecto”, subrayó el juez.

Los tiempos.- Velázquez especificó que otra de las características esenciales del nuevo Código es el establecimiento de plazos perentorios y fatales: “esto debió haber sido siempre así, pero aquí hablábamos de ‘plazos meramente ordenatorios’, como si la luz no venciese un día determinado. Los jueces, por distintos motivos, hemos ido distorsionando todo”. El magistrado comentó que el digesto de 2016 estatuye que el proceso penal, desde que comienza y hasta que termina, no puede durar más de tres años, con la excepción de los casos complejos. “Desde que el fiscal formaliza los cargos y acusa a alguien, tiene seis meses para terminar la investigación. Si no lo hace, aparece la figura novedosa del sobreseimiento por caducidad. Esto siempre debió haber sido así”, reiteró.

“Depósitos de personas”.- ”El problema penitenciario no pertenece a Tucumán, sino que es nacional y regional, y consiste en que las cárceles no cumplen su función constitucional de ser lugares sanos y limpios para la seguridad y la resocialización para quienes están privados de la libertad. Nuestras cárceles son depósitos de personas”, criticó Velázquez. Y agregó que el proceso penal es selectivo, como dijo recientemente Eugenio Zaffaroni. “El niño pobre en conflicto con la ley penal recién se convierte en sujeto de derecho cuando la vida lo pone en el despacho de un juez: antes era invisible y sólo conoció carencias. Si mi hijo entra en conflicto con la ley penal, seguramente irá al psicólogo. Las desigualdades existen en todos los órdenes, y nosotros, los magistrados, estamos obligados a dejar atrás los sesgos y prejuicios”, evaluó.

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