Las listas de diputados se integraron con distintos sistemas

- ¿Cuál es el valor de la ley de cupo en el armado de las nominas de candidatos?

- Según el Código Electoral Nacional las agrupaciones deben intercalar hombres y mujeres en la lista. El artículo 60 bis de la ley 19.945 alude a los requisitos para la oficialización de las listas. Establece que las listas de candidatos/as que se presenten para la elección de senadores/as nacionales, diputados/as nacionales y parlamentarios/as del Mercosur deben integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente. Esto rige incluso hasta para la integración de las estructuras internas de los partidos nacionales, como el PJ o la UCR.

- La forma de integración de las listas depende de un acuerdo previo entre los partidos

- Aquellas agrupaciones políticas que hayan alcanzado en las elecciones primarias el 1,5% de los votos válidamente emitidos en el distrito de que se trate, deberán presentar una sola lista por categoría para las generales. Estas se integrarán según acuerdos previos a los comicios de las diferentes líneas internas (si hubiere más de una), pudiendo optar por el sistema proporcional (D’Hont) o de mayoría y minoría (Sáenz Peña) en los diferentes rubros.

- ¿Cuáles sistemas de proclamación de candidatos eligieron las dos principales coaliciones?

- Ambas tuvieron en cuenta el articulo 44 de a ley 26.751 que determina que “las candidaturas a senadores y a parlamentarios del Mercosur por distritos regionales provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se elegirán por lista completa a simple pluralidad de votos. En la elección de candidatos a diputados nacionales, y a parlamentarios del Mercosur por distrito nacional, cada agrupación política para integrar la lista definitiva aplicará el sistema de distribución de cargos que establezca cada carta orgánica partidaria o el reglamento de la alianza”. Así es como en el caso de los senadores, tanto en el Frente de Todos como en Juntos por el Cambio van como candidatos a senadores los que lograron más votos: Pablo Yedlin-Sandra Mendoza por el oficialismo y Germán Alfaro-Beatriz Ávila por la coalición oposición.

- ¿Por qué la composición de las listas de candidatos a diputados fue diferente en ambos frentes electorales?

- Precisamente porque ese mismo artículo alude al reglamento que adopte la alianza o la coalición. En el caso de Juntos por el Cambio, en el acta constitutiva, en su artículo 23, dispone que se adoptará el sistema de mayoría y minoría: el 70% para el ganador, lo que implica poner el primero, segundo y tercer puesto de la lista de diputados; el 30% significará el cuarto lugar para la lista que resulte segunda. Es así como la lista interna “Juntos por Tucumán” ubicó a Roberto Sánchez, Paula Omodeo y Alejandro Molinuevo en los tres primeros lugares y “Juntos para Construir” a Ramiro Beti en la última posición.

- ¿Cuál fue el esquema de distribución elegido por el frente de todos?

- El oficialismo adoptó el sistema proporcional D’Hont para integrar la nómina de diputados nacionales. En este esquema se divide la cantidad de votos obtenidos por cada lista por el número de bancas en juego. Así es como las cifras de las listas Lealtad Peronista (289.662) y de Todos por Tucumán (190.124) se dividieron por uno, por dos, por tres y por cuatro, respectivamente. Los cuatro mayores cocientes determinaron el siguiente armado de la nómina de candidatos del oficialismo: 1- Rossana Chahla (289.662), 2- Osvaldo Jaldo (190.124), 3- Elia Fernández (144.831 , que resultó de dividir los votos totales de la lista manzurista por dos), y 4- Alejandro Melo (96.554, que resultó de dividir el total de la nómina de Manzur por tres). El cociente que le seguía era el de 95.062, del jaldismo. O sea que Melo se impuso a Roque Alvarez por 1.492 votos.

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