Condenan a perpetua a los dos policías por el crimen de Facundo Ferreira

El tribunal dispuso además la prisión preventiva de Díaz Cáceres y González Montes de Oca.

Juicio por el homicidio de Facundo Ferreira. FOTO LA GACETA / ANTONIO FERRONI Juicio por el homicidio de Facundo Ferreira. FOTO LA GACETA / ANTONIO FERRONI
05 Octubre 2021

Los policías Mauro Gabriel Díaz Cáceres y de Nicolás Javier González Montes de Oca fueron condenados a prisión perpetua por el crimen de Facundo Ferreira, el niño de 12 años ultimado de un disparo en la madrugada del 8 de marzo de 2018. 

La Sala I de la Cámara Conclusional, que integran Wendy Adela Kassar, María Fernanda Bahler y Raúl Cardozo, los halló coautores de homicidio agravado por el uso excesivo de la autoridad y consideró que les cabe la pena de prisión perpetua. Además, el tribunal dispuso la prisión preventiva de los condenados.

Durante el debate oral y público, la Fiscalía de Cámara, a cargo de Marta Jerez de Rivadeneira, y la querella, representada por el abogado Carlos Garmendia, habían solicitado la pena de prisión perpetua en contra de los uniformados.

Los abogados de los imputados sostuvieron que el crimen se produjo como consecuencia de un accionar en legítima defensa por parte de los policías.

Según la hipótesis oficial, el 8 de marzo de 2018, cerca de la 1.20, los agentes Díaz Cáceres y González Montes de Oca, a bordo de una moto de la División de Motoristas del 911, cruzaron la platabanda de avenida Benjamín Aráoz y emprendieron la persecución en contramano de una moto, conducida por un adolescente de 14 años, quien llevaba como acompañante a Facundo.

La acusación sostiene que, en determinado momento, los uniformados efectuaron disparos con sus armas reglamentarias, y que uno de los proyectiles impactó en la cabeza de la víctima, produciéndole la muerte. “Ferreira no disparó, eso está demostrado con pericias y tampoco se probó que J. haya disparado, como dijo la Policía. En cambio, Díaz Cáceres realizó seis tiros y su compañero tres. Los acusados reconocen el hecho y justifican su accionar como una legítima defensa, pero acá no la hubo, porque las víctimas no los agredieron”, expresó la Fiscalía en los alegatos.

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