El 22 de marzo fue el día Mundial del Agua. Buena parte de la población de la ciudad de San Miguel de Tucumán no pudimos celebrarlo ya que quienes vivimos desde avenida Independencia hacia el sur, entre Bernabé Aráoz y Av. Colón, carecemos de agua desde hace más de dos meses. Cabe destacar que el problema en el suministro data de hace varios años, ya que el nivel de presión del agua es mínimo (el agua en las viviendas sale por grifos externos ubicados a menos de 50 cm del suelo), situación que se agravó hasta llegar a la nula provisión, tal como hoy la padecemos. Muchos vecinos hemos iniciado reclamos a la empresa proveedora, sin respuestas satisfactorias (se enviaron camiones para llenar tanques a algunos vecinos que tuvieron la suerte de que su pedido fuera tomado telefónicamente). A algunos que peregrinamos por las oficinas de la empresa, nos responden que la falta de agua se debe al “cambio climático”, a la “falta de agua en El Cadillal” y a que “muchos usuarios no pagan el servicio”. Tal vez sea parte de la respuesta, pero eso no explica por qué sólo algunas de las familias tucumanas padecemos la falta de agua potable en nuestros domicilios. Algunas personas creyendo ilusoriamente en que la existencia de una ley nacional (Nº 24.240 de Defensa del Consumidor) y otra provincial (Nº 8.365 Procedimiento para la Defensa de los Derechos y Garantías de los Consumidores y Usuarios) serviría para remediar esta situación, acudimos a la Dirección Provincial de Comercio Interior. Lamentablemente y de acuerdo a lo que la legislación establece, esta dependencia la única sanción que puede imponer en el mejor de los casos, es una multa económica cuyo destinatario es el Estado, pero no tiene ninguna injerencia en la restitución de un servicio que se ha interrumpido. Me pregunto ¿en qué le beneficia a un ciudadano que reclama agua domiciliaria (y que la paga) la imposición de una sanción económica a la empresa prestataria? La empresa que actualmente provee del servicio de agua en Tucumán, sabe perfectamente de las lagunas que el marco legal deja para defender a los usuarios, por eso un reclamo más por el medio que sea, no significa ninguna amenaza en la continuidad de la prestación del servicio. Invito a nuestros legisladores provinciales (en especial a quienes forman parte de la comisión de obras, servicios públicos, vivienda y transporte) y nacionales que crean que el acceso a agua potable es realmente un derecho, a que abran instancias de diálogo con la ciudadanía que prometieron representar. También los invito a que se acerquen a nuestros barrios y compartan un día entero con las familias afectadas, tal vez esa vivencia los sensibilice a trabajar por una legislación que realmente garantice este derecho y a revisar la legislación vigente que “defiende los derechos de usuarios y consumidores”. Apelo también a los responsables del organismo estatal de control y regulación del servicio de agua a que nos informen de manera clara y sencilla a la ciudadanía, cuál es el marco regulatorio específico que rige la actual prestación del servicio y cuáles son las condiciones por las cuales se puede rescindir el contrato de concesión.
Ana Carolina Conegliano
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