Cuatro exmilitares fueron condenados a prisión perpetua por los “vuelos de la muerte” durante la última Dictadura

La sentencia fue emitida por el Tribunal Oral Federal 2 de la localidad bonaerense de San Martín. Fue por el secuestro, tortura y homicidio de cuatro personas.

INFORME. En 15 años se dictaron 264 sentencias por delitos de lesa humanidad en la Argentina. INFORME. En 15 años se dictaron 264 sentencias por delitos de lesa humanidad en la Argentina. LA GACETA / ARCHIVO.
04 Julio 2022

Cuatro exmilitares, de entre 79 y 98 años de edad, fueron condenados a prisión perpetua este lunes por sus responsabilidades en los "vuelos de la muerte" realizados desde Campo de Mayo durante la última dictadura cívico militar. Fueron juzgados por el secuestro, torturas y homicidio de cuatro personas que fueron drogadas y arrojadas al mar.

La sentencia, por parte del Tribunal Oral Federal 2 de la localidad bonaerense de San Martín, llega tras casi dos años de proceso oral. Se suma a otras condenas que años atrás ya se dictaron por procedimientos similares en otros centros de tortura.

Durante este proceso, realizado durante la pandemia de coronavirus de forma virtual, se juzgó a Santiago Omar Riveros, de 98 años, quien fue comandante de Institutos Militares, en detención domiciliaria por otras causas.

También a Luis del Valle Arce, de 93 años; Delsis Malacalza, de 85, y Eduardo Lance, de 79, exintegrantes del batallón de Aviación 601 del Ejército de la localidad bonaerense de Campo de Mayo, que ya están cumpliendo prisión domiciliaria preventiva. Todos escucharon su sentencia de forma virtual.

Los cuatro homicidios

Los exmilitares se sentaron en el banquillo, de forma virtual, por el secuestro, torturas y homicidio de Juan Carlos Rosace, Adrián Enrique Accrescimbeni, Rosa Eugenia Novillo Corvalán y Roberto Ramón Arancibia, cuatro personas que estuvieron recluidas en Campo de Mayo, uno de los principales centros clandestinos de detención desde los que salían los "vuelos de la muerte" que arrojaron, drogadas, a cientos de víctimas a las aguas del Río de la Plata o al mar.

"Los hechos ilícitos materia de debate en la presente causa constituyen delitos de lesa humanidad", señaló este lunes Walter Benditti, el juez encargado de leer la sentencia, tras la que ordenó realizar informes para conocer el estado de salud de los condenados y saber si su permanencia en un establecimiento penitenciario común -y no en su domicilio- impediría tratar adecuadamente sus afecciones.

También pidió instalar a cada uno un dispositivo de geolocalización y su incorporación al programa de vigilancia electrónica, "en la medida que la condición de salud lo permita.

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios