La Constitución no prohíbe que Manzur sea candidato a vicegobernador, sostiene el dictamen fiscal

El titular del Ministerio Público Fiscal, Edmundo Jiménez, envió su opinión a la Corte de Tucumán, donde se tramita la demanda interpuesta por el jefe de Gabinete.

INCONSISTENCIAS. Juan Manzur podrá presentar por escrito su declaración, en el marco de una investigación por las incompatibilidades en el pago de los planes sociales. INCONSISTENCIAS. Juan Manzur podrá presentar por escrito su declaración, en el marco de una investigación por las incompatibilidades en el pago de los planes sociales. ARCHIVO
24 Noviembre 2022

El jefe de Gabinete, Juan Luis Manzur, obtuvo un indicio alentador a sus pretensiones para ser candidato a vicegobernador del Partido Justicialista-Frente de Todos en las elecciones del 14 de mayo de 2023.

El dictamen -no vinculante- elevado por el ministro fiscal Edmundo Jiménez a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) expresa que "puede hacer lugar" a la acción de amparo solicitada por el gobernador en uso de licencia, a los fines de que se le permita su participación como segundo en la fórmula oficial en los próximos comicios provinciales.

Ahora, Manzur aguarda la decisión del máximo tribunal provincial, que a su vez debe resolver los planteos efectuados por el intendente de San Miguel de Tucumán, Germán Alfaro (PJS-JxC), para que se lo acepte como tercero coadyuvante en la causa y para que el expediente sea enviado a la Corte de la Nación (CSJN).

Mientras tanto, el dictamen fiscal representa un nuevo aval a las intenciones del jefe de Gabinete de ser nuevamente vicegobernador de Tucumán, cargo que ya obtuvo -acompañando a José Alperovich en las boletas- en los comicios de 2007 y de 2011.

Los argumentos de la demanda de Manzur para ser candidato en 2023

Manzur había recurrido a la Corte de Tucumán el 20 de octubre, patrocinado por el abogado Antonio Raed, para solicitar una acción de amparo ante la "discriminación lesiva a los derechos humanos básicos debida a la omisión normativa constitucional arbitraria e ilegítima, que no contempla la posibilidad de que el actual gobernador pueda ser candidato a vicegobernador en las próximas elecciones provinciales".

REFERENTES DEL PJ. Juan Manzur, junto al gobernador Osvaldo Jaldo y al presidente subrogante de la Legislatura, Sergio Mansilla. Foto de Twitter @JuanManzurOK REFERENTES DEL PJ. Juan Manzur, junto al gobernador Osvaldo Jaldo y al presidente subrogante de la Legislatura, Sergio Mansilla. Foto de Twitter @JuanManzurOK

Advirtió que, si bien la Constitución provincial prohíbe la reelección del gobernador y del vice más allá de los dos mandatos consecutivos, sí prevé que el vicegobernador pueda aspirar a conducir el Poder Ejecutivo (PE).

Sin embargo, según el argumento de Manzur, existe un "vacío" en la redacción de la Carta Magna respecto a si el gobernador, tras alcanzar el tope de reelecciones, puede aspirar a la Vice-gobernación. 

La opinión del ministro fiscal Edmundo Jiménez en la causa "Manzur"

El ministro fiscal Jiménez tuvo en cuenta estos antecedentes al elaborar el dictamen, así como la decisión de la CSJT de asumir la competencia originaria sobre el proceso en cuestión y la contestación a la demanda formulada por la Provincia.

A continuación, el titular del Ministerio Público Fiscal pasó a analizar el planteo de Manzur, y recordó la jurisprudencia fijada por la Corte nacional en cuanto a que "la primera fuente de interpretación es el texto de la ley".

"De ahí que corresponde desentrañar el sentido del art. 90 de la Constitución de la Provincia de Tucumán", indicó Edmundo Jiménez. Y citó el párrafo que señala: "El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en sus funciones y podrán ser reelectos por un periodo consecutivo. El Vicegobernador, aun cuando hubiese completado dos periodos consecutivos como tal, podrá presentarse y ser elegido Gobernador y ser reelecto por un periodo consecutivo. Si el Gobernador ha sido reelecto para un segundo periodo consecutivo no puede ser elegido nuevamente, sino con el intervalo de un periodo. Lo mismo resulta de aplicación para el cargo de Vicegobernador”.

TITULAR DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL. Edmundo Jiménez emitió un dictamen en la causa por el amparo que planteó Manzur. Foto de Archivo TITULAR DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL. Edmundo Jiménez emitió un dictamen en la causa por el amparo que planteó Manzur. Foto de Archivo

El ministro fiscal consideró que "el sentido de la norma es claro, toda vez que prohíbe de manera expresa la reelección de los cargos de gobernador y vicegobernador después de haber cumplido con dos mandatos consecutivos".

Además, la Carta Magna "expresa la probabilidad de que el vicegobernador pueda ser candidato a gobernador luego de dos periodos", pero "no prohíbe expresamente la posibilidad de que el gobernador que se ha desempeñado por dos periodos consecutivos sea candidato a vicegobernador", profundizó el titular del Ministerio Público Fiscal.

En esa línea, sostuvo que "adentrándonos en la exégesis normativa, debe entenderse que,  al no encontrarse prohibido por el sistema constitucional provincial, es que se encuentra permitida la posibilidad de que el actor pueda ser candidato en el periodo electoral 2023".

"Como ya lo sostuvo la máxima de Hans Kelsen, 'todo lo que no está prohibido, está permitido', y esa es la regia de clausura del sistema constitucional provincial que debe primar en el caso de autos".

Y concluyó que, "por lo expuesto, considera este Ministerio Público Fiscal que (la Corte) puede hacer lugar a la pretensión de la parte actora". 

CON EL PRESIDENTE. Juan Manzur, junto a Alberto Fernández, en una reunión reciente. Foto de Twitter @JuanManzurOK CON EL PRESIDENTE. Juan Manzur, junto a Alberto Fernández, en una reunión reciente. Foto de Twitter @JuanManzurOK

Mientras tanto, el tribunal integrado por Daniel Leiva (presidente), Antonio Estofán, Daniel Posse, Claudia Sbdar y Eleonora Rodríguez Campos pasó a resolver los planteos efectuados por Alfaro en su carácter de titular del Partido por la Justicia Social.

El intendente, por un lado, solicitó que se le otorgue participación en la causa como "tercero coadyuvante del demandado" (la Provincia); y, en paralelo, planteó un pedido de declinación para que el expediente sea enviado cuanto antes a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, asegurando que ese es el tribunal con competencia originaria para entender en esta causa.

Comentarios