El día patrio que quieren olvidar

Curioso caso el de la fecha que homenajea hoy la Argentina, y consecuentemente Tucumán. Evocamos el 1 de mayo como el Día del Trabajador para conmemorar la salvaje represión que la Policía de Chicago lanzó en 1886 sobre los obreros de la fábrica McCormick, quienes estaban en huelga en reclamó de que se reglamentara una jornada de trabajo de sólo ocho horas diarias.

Otro 1 de mayo, pero de 1853, acontecía una hora puramente argentina. En Santa Fe sancionaban la Constitución de la Nación los diputados de las provincias, con excepción de los de Buenos Aires. Ese Estado será incorporado a la Confederación luego de la batalla de Cepeda, librada en 1859, por lo que la Carta Magna se modificó en 1860 para completar la conformación de nuestra república.

La Constitución histórica establece en la Argentina, tres décadas antes de los sangrientos hechos acontecidos en Estados Unidos, el derecho a trabajar y a ejercer toda industria lícita. No es lo único con lo que nuestro país se anticipa a varios. “En la Nación Argentina no hay esclavos”, establece el artículo 15. Y mediante esa garantía la esclavitud queda abolida en la Argentina en 1853. Después la imitarán Perú (1854); Venezuela (1855); EEUU (1865) y Brasil (1871-1888). Es decir, en la Argentina el trabajo es libre. Pero no sólo eso: no debe haber discriminación para acceder a un puesto. Porque en este país, declara el artículo 16, no hay prerrogativas de sangre o de nacimiento, ni títulos de nobleza. “Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”, garantiza la norma. La inspiró, para orgullo tucumano, Juan Bautista Alberdi.

Así que reivindicar la Ley Fundamental en su día es mucho más amplio y cercano que la evocación (merecida, pero lejana) de una represión obrera. ¿Por qué, entonces, no es feriado por el Día de la Constitución Nacional? Porque así como el 1 de Mayo es en la Argentina mucho más que el Día del Trabajador, la Constitución Nacional es infinitamente más que derechos laborales.

Agradecimientos y deudas

A Alberdi y a su proyecto de Carta Magna los argentinos le deben, también, la consagración de los derechos de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y de aprender.

A él hay que agradecerle que la propiedad sea inviolable, y que ningún habitante de la Nación pueda ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. Y que la Ley Fundamental fije que el pueblo no delibera ni gobierna sino mediante sus representantes y sus autoridades constitucionales. Que toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición.

Es por la obra de Alberdi que la Ley de Leyes garantiza que ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Que nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de una orden escrita por una autoridad competente. Que es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. Que el domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y que una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. Que hayan sido desterradas la pena de muerte por causas políticas y la tortura.

“El tormento y los castigos horribles son abolidos para siempre”, escribió en su proyecto de Constitución, sólo para que la posteridad se encargase de agigantar su figura y sus principios.

Pero la Ley Fundacional dice más. Y Alberdi también. Tal vez en todo eso que una y otro no callan se encuentra la razón para que el Día de la Constitución pase casi de contrabando aquí cada 1 de Mayo.

Principios y formas

“La patria es libre, en cuanto no depende del extranjero; pero el individuo carece de libertad en cuanto depende del Estado de un modo omnímodo y absoluto”, escribió el tucumano que nació frente a la plaza Independencia. No puede ser él, precisamente, el autor favorito de los gobernantes de la patria hipotecada ni de la nación de los planes sociales ni de la provincia de los bolsones, no importan los signos políticos que se sucedan en las poltronas gubernamentales.

Tampoco su obra más celebrada puede estar entre las más queridas. “La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal”, escribió. Entre 2006 y 2015, la Casa Rosada retuvo el 15% de la Coparticipación Federal de Impuestos de las provincias sin que hubiera pacto fiscal ni acuerdo legal alguno que lo permitiese. Santa Fe y Córdoba acudieron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en reclamo de esos recursos. Tucumán no, a pesar de que ese dinero que le correspondía hubiera servido, por ejemplo, para sanear la deuda pública.

No hubo demanda de federalismo hacia afuera porque no se lo ejercía hacia adentro. Durante esa misma década, en esta provincia se consolidó el sistema de vasallaje municipal mediante el Pacto Social: enfermas de empleomanía, y víctimas de una de las leyes de coparticipación provincial más inequitativas del país, la mayoría de las intendencias del interior son financieramente inviables. Así que entregan sus recursos fiscales a cambio de que la provincia les pague los salarios y las obras. El gobernador es, también, el intendente.

No hubo demanda de república, hacia adentro, porque tampoco se la conoce hacia afuera. La Corte Suprema de Justicia de la Nación enfrenta hoy un juicio político porque al kirchnerismo no le gusta el contenido de sus sentencias. No es justicia la justicia sino lo que al gobierno le gusta.

El déficit de representatividad, finalmente, no necesita de mayores explicaciones aquí. Ni ahora. El régimen electoral de “acoples” consagra legisladores con 10.000 votos, que sancionan o derogan normas para regular la vida de 1,7 millón de tucumanos.

La Constitución, claramente, no es un best seller de los gobiernos. El espíritu de la Carta Magna, expresado en las ideas políticas de su autor, mucho menos aún. Sobre todo porque Alberdi piensa para su patria un sistema en el que la legitimidad del poder emana del pueblo. Pero el poder gobierna sujeto al derecho consagrado en la Carta Magna. “Que los mandatarios ejerzan su mandato según el contrato hecho escribir previamente por el país, que se denomina su derecho público constitucional o Constitución simplemente”, abundó, para más precisiones. Y en la Argentina de “si no les gusta cómo gobierno, armen un partido y ganen elecciones”, esa idea de una democracia meramente plebiscitaria se da de bruces contra el ideario alberdiano.

Soberanías y razones

El tucumano sepultado en la Casa de Gobierno se preguntó que es la soberanía del pueblo: “Es el poder colectivo de la sociedad, de practicar el bien público bajo la regla inviolable de una estricta justicia”. Y completó: “La soberanía del pueblo no es pues la voluntad colectiva del pueblo; es la razón colectiva del pueblo”.

Esa “razón colectiva” es constitutiva de la argentinidad. “Una nación no es una nación, sino por la conciencia profunda y reflexiva de los elementos que la constituyen -esclareció -. Recién entonces es civilizada: antes ha sido instintiva, espontánea; marchaba sin conocerse, sin saber adónde, cómo ni por qué. Un pueblo es civilizado únicamente cuando se basta a sí mismo, cuando posee la teoría y la fórmula de su vida, la ley de su desarrollo”. Es decir, una nación debe ser construida.

¿Construida cómo? Conjurando un pasado que no quiere que regrese. Nacido en 1810, Alberdi ha llegado al mundo poco después de las invasiones inglesas, durante las cuales los criollos han dado un primer paso identitario: no quieren ser británicos. Ha nacido en el año de la Revolución de Mayo, señera pero no definitiva para romper las cadenas con España. Ha crecido en el suelo de la Batalla de Tucumán y de la Declaración de la Independencia. Ha madurado en el país estragado por las luchas entre unitarios y federales. Y, desde esas ruinas, ha decidido aportar todo cuanto puede para darle identidad a esa patria en gestación. Quiere una nación nacida de la placenta de la Modernidad: nadie habrá de tener más poder que aquel que las leyes le confieren.

El tucumano diseña entonces un remedio contra la tiranía de Juan Manuel de Rosas y contra la anarquía de la guerra civil. Eso la Argentina como una república: si la democracia es la materia, la división de poderes es la forma. A mayor escala, consagra el Constitucionalismo: un sistema de relaciones y contrapesos institucionales. Eso debe primar para que funcione la democracia.

Con semejante contexto, plasma en “Las Bases” un presidencialismo fuerte, pero porque él ya ha visto el fratricidio criollo y anhela superarlo para siempre partir de un liderazgo sólido. Pero también es cierto que pauta esa instancia brevemente: en su régimen presidencial no hay reelección consecutiva. La cronicidad de un hegemón en el poder, bien lo sabe, da como resultado el “Martín Fierro”. “El poder ilimitado es un ángel perdido que reniega y llora en medio de un desierto espantoso”, anotó en su Fragmento preliminar al estudio del Derecho.

Por el contrario, Alberdi es un hombre (y un nombre) de la libertad. “Yo he consagrado toda mi vida, de pensamiento y de acción, mis escritos y mis destinos personales, a la grande idea de la revolución de Mayo de 1810, que fue la de la libertad de la patria, entendida en el sentido moderno, a saber: la organización del gobierno del país por el país”.

No es que esta sea la provincia más pequeña del país: es Alberdi el que nos queda tan grande…


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