Através del Decreto 971/2024, el Gobierno aprobó el listado de trámites alcanzados por los efectos del silencio positivo, medida que había sido incluida en la Ley Bases. La reglamentación se extiende sobre unas 500 gestiones de la administración pública nacional y determina que, al cumplirse un plazo determinado desde la fecha de inicio del trámite, si el Estado no se expide se tomará como válida la aprobación de forma automática.

El último mes de junio, con la aprobación del mega proyecto legislativo del Gobierno, se modificó el artículo 10 de la ley 19.549. El cambio estableció que si una persona cumplió con todos los requisitos formales para hacer un trámite en el Estado y si esa gestión no prevé un plazo determinado para el pronunciamiento, el resultado no se podrá exceder de sesenta (60) días. Vencido el plazo que corresponda, el interesado podrá dar por configurado el silencio de la Administración y, por consiguiente, su aprobación automática.

“Dimos un paso trascendental”, manifestó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger a través de su cuenta de X. “El decreto 971/24 implementa el mecanismo para dichos trámites. El proceso de recopilación sigue, así como la revisión de cada uno de estos trámites para su eventual derogación. El ejercicio nos reveló infinidad de obligaciones que el Estado imponía cuya existencia desconocíamos”, añadió.

La normativa, que plantea facilitar los trámites en el sector público y va en línea con el objetivo del presidente Javier Milei de desburocratizar al Estado, fue elaborada de forma conjunta por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, el vicejefe de Gabinete, José Rolandi, y la secretaria de Planeamiento Estratégico Normativo, María Ibarzábal Murphy. De acuerdo a la información difundida este viernes desde el Gobierno, la medida “se aplicará a más de 500 trámites administrativos a nivel nacional” e incluirá “desde la obtención de licencias hasta la inscripción en registros públicos”.

La norma entró en vigencia a través del decreto 971/2024 publicado este último viernes en el Boletín Oficial y abarca únicamente a autorizaciones administrativas regladas, aunque establece excepciones en la aplicación del silencio positivo “en materia de salud pública, medio ambiente, prestación de servicios públicos o derechos sobre bienes de dominio público”. En la administración pública centralizada la nueva reglamentación ya está vigente, en tanto que desde el próximo 1 de diciembre se aplicará a la descentralizada.

A fines de agosto se publicó una norma mediante la que se establece que es necesario que las dependencias públicas utilicen el sistema de Trámites a Distancia (TAD) para empezar a entregar fehaciente fecha de inicio. Es decir, transcurrido el plazo, que se puede probar por esa plataforma, el silencio será sinónimo de aprobación. Hasta antes de esta modificación en el Gobierno, la cuestión era exactamente lo contrario: si el Estado no respondía se consideraba rechazada la gestión.

Qué gestiones son alcanzadas y cuáles no

En los dos anexos que se sumaron al decreto se detalló qué trámites están alcanzados por este mecanismo y los que quedaron exceptuados. La gestión para importar restos paleontológicos, la solicitud para obtener la licencia de Marca País y la autorización con derecho a uso de productos biológicos son algunos de los trámites que podrían ser aprobados a través del mecanismo del silencio positivo.

En cambio, situaciones como la autorización para el uso del fuego en las áreas protegidas, la solicitud del Certificado de Importación de Material Bélico y/o Sensitivo o el trámite para la convalidación o reconocimiento de títulos secundario obtenidos en el exterior de países con convenio, países sin convenio e intercambio estudiantil son algunos de los casos en los que el silencio positivo queda excluido.