Considerado un cambio de paradigma histórico que coloca al país en línea con estándares internacionales y ofrece una herramienta clave contra la impunidad en causas como los atentados a la AMIA y a la Embajada de Israel, la sanción de la ley de juicio en ausencia fue celebrada por casi todo el arco político. El juez Franco Fiumara fue uno de los impulsores de la norma. En diálogo con LA GACETA repasó antecedentes históricos, el alcance de la ley, las críticas que recibió y el inusual consenso que la hizo posible.

-Después de tantos años de trabajo en este tema, ¿qué significa para usted la sanción de la ley del juicio en ausencia?

-Es un cambio de paradigma histórico para la República Argentina. Este instituto existe en países como Francia e Italia desde finales del siglo XVIII. Para no irnos tan atrás, recordemos que fue decisivo en los juicios de Nüremberg: allí, por iniciativa de uno de los jueces que redactó el Estatuto del Tribunal, se incluyó el juicio en ausencia para evitar que se cayeran los eslabones de la cadena de mando nazi. Así se pudo condenar, por ejemplo, a Martin Bormann. Más cerca en el tiempo, Francia lo aplicó tras los atentados de 2015: al no poder notificar formalmente a todos los acusados, pero sí constatar que conocían la existencia del proceso, se los tuvo por notificados y se los juzgó en ausencia. Ese juicio duró cinco años, algo impensable con nuestro sistema tradicional. La clave es que siempre se hace bajo el amparo de las víctimas, que son el centro del proceso.

-En nuestro país, ¿cómo se gestó este avance?

-En Argentina, la necesidad era evidente en causas como la AMIA o la Embajada de Israel. Yo me formé en Italia, donde viví y trabajé en estudios jurídicos que aplicaban esta figura, y en 2002 incorporamos el tema al programa de Derecho Procesal Penal para formar a los alumnos en esta nueva mirada. Desde entonces hubo 27 proyectos parlamentarios: 3 en el Senado, 23 en Diputados y 1 del Ejecutivo. Finalmente, se sancionó la ley que permite juicios en ausencia para delitos internacionales graves. La idea es clara: que no impere la impunidad. Este principio está respaldado por la Corte Interamericana, la Corte Suprema argentina y tribunales europeos. El primer pedido en nuestro país fue por un sacerdote prófugo vinculado a la dictadura, y rápidamente se aplicó también en causas AMIA, a pedido de querellas como AMIA-DAIA y otras particulares.

-En la práctica, ¿cómo se desarrolla un juicio en ausencia?

-Es un juicio normal en todos sus aspectos procesales. La única diferencia es que el acusado no está físicamente presente, pero sí representado por un abogado, que puede ser particular -con poder otorgado incluso desde el extranjero- o un defensor oficial. En el caso AMIA, los acusados están notificados desde hace años gracias a las alertas rojas de Interpol. Algunos, como Ahmad Velayati, dijeron públicamente que no se presentarían y que desconocen la jurisdicción argentina. El proceso puede tener acusados presentes y ausentes a la vez. Lo importante es que, si hay condena, la ley garantiza un recurso de revisión amplio: el condenado puede pedir un nuevo juicio, aportar pruebas o incluso aceptar la condena si le resulta conveniente. Esto derriba la crítica de que no hay derecho de defensa.

-A quienes cuestionan que “no sirve para nada”, ¿qué les responde?

-Les respondo que es una herramienta potentísima. Una condena en ausencia habilita a la Argentina, y a otros países con ciudadanos víctimas, a reclamar reparaciones en la Corte Internacional de Justicia o a bloquear fondos de los Estados responsables. Esto ya se hizo en otros contextos, como en demandas por crímenes de dictaduras. La frase “no hay genocidio ni terrorismo sin dinero” es real: cortar los recursos económicos es una forma de prevenir futuros atentados.

-Entonces, también es una herramienta contra la impunidad.

-Exactamente. No podemos traer por la fuerza a un acusado que vive en un país militarmente poderoso o que lo protege, pero sí podemos investigar, juzgar y condenar. Eso nos da la verdad histórica: quiénes fueron, cómo actuaron, qué responsabilidades tuvieron. Es un juicio público, con acceso para las víctimas y para la sociedad, como lo fueron los juicios a las Juntas. La Corte Interamericana, en el caso “Memoria Activa” del año pasado, ya nos había exigido crear mecanismos para remover obstáculos y preservar memoria, verdad y sanciones penales.

-Sorprende que en un país tan dividido haya habido consenso para aprobar la ley.

-Es cierto, y es un dato para destacar. Salvo grupos muy minoritarios, todos los bloques acompañaron, tanto en Diputados como en el Senado. Hubo un acuerdo transversal: peronismo, oposición y fuerzas provinciales coincidieron en que se trata de una política de Estado para proteger a los argentinos. Pensemos que en los atentados hubo víctimas extranjeras —por ejemplo, seis bolivianos muertos en la AMIA—, y esos países también podrían impulsar acciones internacionales si hay condenas.

-¿Se aplicará a todo tipo de delitos?

-No, la ley es restrictiva. Solo se aplica a delitos internacionales y transnacionales: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, agresión, terrorismo, secuestro o atentado contra aeronaves, ataques a personal diplomático o embajadas. La competencia es exclusiva de la Justicia Federal, porque son delitos de interés del Estado argentino. No es como en Francia o Italia, donde puede aplicarse incluso a delitos comunes.

-Entre los juristas, ¿hay resistencia?

-Sí, como con todo cambio profundo. Algunos cuestionan la defensa en ausencia y sostienen que no es “tradición argentina”, pero yo digo que las tradiciones jurídicas evolucionan: hace cien años escribíamos a pluma y hoy trabajamos con sistemas digitales. Además, la ley prevé recursos que compensan la falta de presencia física del acusado. Otros dicen que es solo una reforma procesal y no penal, pero eso es correcto: no se tocan los tipos penales, solo la forma en que se realiza el juicio.

-Usted estará en Tucumán para hablar del tema. ¿Cómo se lo toma el mundo jurídico?

-Con interés creciente. Como pasó con el divorcio vincular o los juicios abreviados, al principio hubo resistencias y después se incorporaron sin problemas. Muchos abogados, cuando entienden bien cómo opera el sistema, ven que pueden ejercer su labor en este marco. Incluso familiares de acusados podrían proponer representantes. Esto requiere un cambio cultural, pero lo mismo hicieron países como Francia, Italia o Bulgaria, que resolvió un atentado en ocho años. Nosotros llevamos más de tres décadas esperando justicia en la AMIA.

-La sanción de la ley llega cerca de un nuevo aniversario del atentado a la AMIA. ¿Tiene un valor simbólico?

-Sí, es un paso adelante contra la impunidad. Nuestra Constitución dice en el preámbulo que debemos “afianzar la justicia”. Esto abre la puerta para que, aunque los responsables no estén en el banquillo, las víctimas y sus familias puedan obtener una verdad judicial y, en muchos casos, también sanciones efectivas. Esa es la meta.

La presentación del libro

El libro “La Implementación de los Juicios en Ausencia. Medidas supletorias antiimpunidad” del juez Franco Marcelo Fiumara se presentará mañana lunes a las 18.30 en el anfiteatro del Colegio de Abogados. La actividad es organizada por la Escuela de Gobierno de la Provincia de Tucumán; el Colegio de Abogados de Tucumán y la Escuela Judicial del Consejo Asesor de la Magistratura de Tucumán, en el marco de la Diplomatura de Posgrado sobre Genocidio Y Delitos de Lesa Humanidad de la UNT. Además del autor, presentarán la obra Carmen Fontán y Agustín Ulanovsky.