La diputada nacional Soledad Molinuevo (La Libertad Avanza) formalizó un planteo de inhibitoria ante la Justicia Federal de Tucumán para solicitar que se declare competente para entender en la causa iniciada en el fuero provincial por el gobernador, Osvaldo Jaldo, para exigir la eliminación de comentarios realizados por la referente liberal en sus redes sociales.
Antes de avanzar con este proceso, el Juzgado Federal N° 2 dispuso que se corra vista al fiscal federal de turno "para que se expida sobre la procedencia" del requerimiento efectuado.
Con el patrocinio del abogado José Ricardo Tomás Paz, Molinuevo pidió que se plantee la inhibitoria del Juzgado en lo Civil y Comercial de la Capital para entender en el controvertido caso, que ya cuenta con dos resoluciones favorables al jefe del Poder Ejecutivo (PE). Sin embargo, a criterio de la diputada nacional, el fuero federal "es el único constitucionalmente facultado para juzgar actos regidos por el derecho público federal y la Constitución nacional".
Por ello, junto a su demanda, Molinuevo adjuntó una copia del recurso de apelación interpuesto ante la Justicia provincial para requerir la suspensión de la medida autosatisfactiva que le ordena borrar posteos considerados agraviantes por el tranqueño. La presente vía se promueve para evitar que un tribunal carente de competencia ratione materiae dicte resoluciones que vulneren las inmunidades de un legislador nacional, configurando un supuesto de gravedad institucional irreparable", indicó la dirigente de LLA.
El 13 de marzo, Jaldo recurrió al fuero civil -mediante su abogada Paula Morales Soria- con la pretensión de que Molinuevo elimine los comentarios efectuados tras la agresión sufrida en La Madrid por el también diputado nacional Federico Pelli (LLA) por parte de Marcelo "Pichón" Soria, quien está detenido bajo prisión preventiva por un plazo de cuatro meses en el penal de Benjamín Paz.
En concreto, Jaldo cuestionó que Molinuevo lo vinculara a "prácticas mafiosas" y le endilgara su seguridad, la de su familia y la de los integrantes de LLA por el ataque contra Pelli.
La Sala V, a cargo de Pedro Cagna, hizo lugar parcialmente al planteo de Jaldo -no hizo lugar en esta instancia al punto referido al pedido de disculpas público-, y ordenó la eliminación de los comentarios en cuestión. Molinuevo planteó la cuestión federal y un recurso de revocatoria, que no prosperó, por lo que avanzó con la apelación de la sentencia. Como no borró los posteos, Jaldo avanzó con una denuncia por desobediencia judicial.
En paralelo a todo esto, Molinuevo recurrió a los tribunales federales de calle Las Piedras al 400 con la finalidad de que el expediente sea tramitado en esa sede judicial.
Entre otros puntos, la dirigente libertaria -que además es abogada- consideró que el eje central de este litigio consiste en determinar "si las expresiones realizadas por mi parte se encuentran amparadas por la inmunidad prevista en el artículo 68 de la Constitución Nacional".
"Esta norma establece de forma taxativa que 'ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato'. Esta inmunidad no constituye un privilegio personal del diputado, sino una garantía institucional del Congreso de la Nación para asegurar su independencia y el libre ejercicio de sus funciones de control", sostuvo Molinuevo.
Agregó que "la interposición de una demanda por parte de la máxima autoridad del Poder Ejecutivo de la Provincia contra una representante del pueblo de la Nación, por el cual aquel pretender callar a ésta, constituye per se la 'molestia' judicial que la norma federal intenta evitar para no silenciar el debate político". Y marcó que "permitir que un juez ordinario evalúe la 'licitud' de un discurso parlamentario generaría un efecto de amedrentamiento incompatible con la democracia republicana". A ello, sumó el argumento de que Cagna, en su resolución, no tomó en consideración las prerrogativas de los miembros del Congreso.
En otro punto, Molinuevo puso el foco en la libertad de expresión y en la censura. "El uso de la estructura judicial local para perseguir el discurso político de un diputado nacional busca generar un 'efecto silenciador', donde el temor a una condena pecuniaria en una jurisdicción ajena a la federal coarta la libertad de crítica necesaria en una democracia", aseveró.
También marcó que la resolución del fuero civil no tomó en cuenta el precedente del caso "Socolinsky". "Quienes ocupan cargos de alta responsabilidad estatal -como el Sr. Gobernador actor en la causa principal- deben soportar un umbral de crítica mucho más elevado que un ciudadano particular", añadió.
En ese sentido, Molinuevo indicó que "la orden de 'eliminar denuncias políticas' en plataformas digitales implica una interferencia en un sistema de comunicación cuya regulación corresponde al Congreso de la Nación".
"Permitir que cada juez provincial de la República dicte órdenes de remoción de contenidos en internet según criterios locales de 'daño al honor' generaría un caos jurídico y una fragmentación de la libertad de expresión digital", sostuvo. Y marcó que solo un magistrado federal "posee la competencia para evaluar medidas que afecten el derecho a la información y la expresión en el ecosistema digital, garantizando que no se utilicen herramientas procesales locales para desarticular garantías nacionales".
En el escrito, se incorporó como prueba las actuaciones desarrolladas en el fuero civil y comercial local, y además de formalizar el planteo por la competencia, se hizo reserva del caso federal. Lo que viene, según se desprende de las primeras actuaciones del Juzgado Federal N° 2 de Tucumán, es la opinión del Ministerio Público Fiscal de ese fuero respecto a la solicitud de Molinuevo.