Las salidas alternativas en el proceso penal quedaron establecidas en septiembre de 2020 luego de que entrara en vigencia el nuevo Código Procesal Penal en Tucumán. El objetivo era, principalmente, ofrecer una variante para que los delitos de penas menores tengan resolución rápida en audiencias de mediación o conciliación entre las víctimas y acusados.
Al igual que Juan Sebastián Bauque, el abogado Humberto Castaldo intervino en procesos judiciales que intentaron cerrarse con este camino para evitar afrontar un debate oral, debido al despliegue de recursos que ello implica. Representó tanto a víctimas como a acusados que ofrecieron resarcimientos económicos y afirmó que muchas veces se atrasan o incumplen los pagos establecidos.
“Esto suele pasar porque los imputados que acceden a los acuerdos generalmente son personas que no tienen un trabajo estable. A veces, aunque no tienen un ingreso fijo, creen que van a poder afrontar el compromiso, pero luego se dan cuenta que no. También hay ocasiones en las que les surge un inconveniente médico o familiar, sufren alguna baja laboral, o creen que podrán sacar un préstamo, pero la entidad financiera no se los otorga”, explicó el profesional.
El monto
Según indicó Castaldo, el monto del resarcimiento económico se fija entre la Fiscalía, la víctima y la defensa, teniendo en cuenta la magnitud del perjuicio causado y la situación económica del imputado. “Puede haber montos muy altos como muy bajos. Siempre tienen que ser acordes al delito y al daño, para que la víctima esté lo más cerca posible de recuperar lo que le quitaron. Muchas veces las reparaciones no están destinadas a una persona en particular, sino que, en delitos como los de tenencia de armas, se pauta un resarcimiento que está destinado a que el MPF compre recursos para ayudar a sectores precarizados de la sociedad, como comedores y hogares”.
Denuncian que imputados no cumplen con los pagos por resarcimientosSi el acusado no cumple con lo pactado, se retoma el proceso en su contra. “La acción penal sólo queda extinta cuando el imputado cumple el convenio por completo. El MPF suele ser paciente ante las demoras; puede intimar a los deudores y esperar, pero si pasa un tiempo considerable puede revocarle el beneficio, la libertad o no otorgarle el sobreseimiento. También hay que tener en cuenta que, debido a la situación económica actual del país, si el imputado se demora en pagar lo que corresponde, la víctima termina recibiendo un dinero con menos valor del pactado en su momento como consecuencia de la inflación”, sostuvo el abogado.